El Colegio de la Abogacía de Madrid crea un servicio ‘112 abogacía’ para atender suspensiones de plazos

Funcionará las 24 horas todos los días del año

Fachada del ICAM.
Fachada del ICAM.

El ICAM viene denunciando que la realidad que viven los profesionales de la abogacía en los Juzgados demuestra que son el único operador jurídico sin derecho real a la conciliación: sometidos a unos plazos improrrogables, con independencia de la situación personal en la que se encuentren.

A pesar de que la Ley de Enjuiciamiento Civil ya contempla determinados supuestos de fuerza mayor para que los abogados/as puedan solicitar la suspensión de procedimientos, “la realidad es que se ha mostrado realmente ineficaz para amparar el derecho de conciliación de nuestros colegiados/as”, señala el Decano de la Abogacía Madrileña.

Es una queja que Eugenio Ribón dejó patente en el discurso de toma de posesión y que también recoge su programa de gobierno:

“Era necesario que se introdujesen las reformas necesarias para que la norma no dejara margen de interpretación, contemplando todos los supuestos para garantice realmente el derecho a la conciliación de los abogados/as”

El ICAM puso en marcha una campaña hace meses, que ya ha logrado cerca de 4.000 adhesiones, para conseguir que esta vieja demanda de la abogacía llegase a las páginas del BOE: el Manifiesto ICAM por la conciliación en la Abogacía.

 

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