Los casos de violencia de género serán graves cuando sean humillantes aunque no haya intención por parte del agresor

El Supremo aumenta la condena a un hombre que agredió sexualmente y golpeó a su expareja y que alegaba que no trataba de dominarle, sino satisfacer sus deseos libidinosos

Protesta contra la violencia de género.
Protesta contra la violencia de género.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez el criterio sobre la agravante por razones de género prevista en el código penal y no exige intención de querer humillar, sino que basta que la situación sea humillante.

Satisfacer sus deseos sin dominar

Lo ha hecho al ratificar el aumento de la condena de 7 años y medio a 9 años de cárcel a un hombre que agredió sexualmente y golpeó a su expareja.

El condenado alegaba que su ánimo era satisfacer sus deseos libidinosos pero no una dominación por razón de género.

Sin embargo, el Supremo rechaza su recurso y afirma que bastará para estimar aplicable la agravante "que el delito se entienda como manifestación de la discriminación y en lo subjetivo, bastará la consciencia de tal relación unida a la voluntad de cometer el delito”.

La agresión

En los hechos probados de la sentencia se recoge que el acusado recurrente y la víctima fueron pareja sentimental desde 2014 hasta 2016, aunque posteriormente a esta fecha siguieron “viéndose en alguna ocasión e incluso tuvieron relaciones sexuales”.

Asimismo, indica que el 27 de noviembre de 2016, el condenado agredió sexualmente a la mujer, además de golpearle varias veces, mientras le insultaba y le decía que "harían lo que él quisiera, que para eso estaba y que no servía para otra cosa”.

Para el ponente de la sentencia del Supremo, Luciano Varela, “el machismo es origen de discriminación, fruto de la cual son los actos atribuidos al acusado, agredir a la víctima con menoscabo de su libertad sexual”.

El TSJ de Valencia

La Audiencia de Valencia condenó al acusado por delitos de agresión sexual y de lesiones a 7 años y medio de prisión, pena que fue elevada a 9 años por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, al apreciar la agravante de género.

El Supremo ratifica la sentencia del TSJ valenciano. En la sentencia confirmada, también es condenado a 6 meses de prisión por malos tratos en el ámbito familiar.

 

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato