La Justicia europea corrige a España: un vehículo aparcado puede provocar un accidente de circulación

Una resolución del TJUE establece que el concepto "circulación de vehículos" incluye un automóvil aparcado si se utiliza como medio de transporte

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una resolución en la establece que un accidente de circulación puede estar producido también por un vehículo aparcado si está siendo utilizado para su función habitual.

Por tanto, las aseguradoras de automóviles deben pagar también por los daños producidos por coches aunque estos estén aparcados.

Un caso en España

La resolución ha sido emitida a raíz de un incendio producido por un cortocircuito en un coche que se encontraba estacionado en un aparcamiento privado en España.

El automóvil llevaba parado más de 24 horas después de que su propietario lo pusiera en marcha. Al día siguiente el coche ardió y provocó un incendio que afectó también al edificio en el que se encontraba estacionado.

Los hechos llegaron a los tribunales españoles después de que la aseguradora del edificio tuviera que abonar al propietario una cantidad de 44.704,34 euros.

La compañía demandó a la aseguradora del vehículo alegando que el incendio entró dentro de la categoría de accidente de tráfico, dando inicio a un pleito judicial.

El concepto "circulación de vehículos"

La cuestión se derivó al TJUE, ya que el concepto "circulación de vehículos" viene regulado por la Directiva 2009/103/CE sobre el seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles, por lo que corresponde a la UE y no a España la interpretación del mismo.

El tribunal determinó que el concepto "circulación de vehículos" debe ser interpretado de forma amplia y por lo tanto no se ciñe tan sólo a un automóvil que se encuentre en movilidad o carretera, sino que se aplica a todo momento en que esté siendo utilizado para su función habitual, lo que incluye el estacionamiento.

Corrección

Con esta interpretación, el TJUE ha corregido a España, ya que la resolución contradice a la postura adoptada hasta este momento por los tribunales españoles.

 

Finalmente, la aseguradora del coche que provocó el incendio deberá indemnizar a la del inmueble, ya que ha sido declarada responsable de los daños producidos por el automóvil.

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