La Justicia europea puede no expulsar a un extranjero condenado o reincidente si tiene vínculos familiares en la UE

El abogado general del Tribunal de Justicia comunitario concluye que para declarar irregular a un inmigrante hay que tener en cuenta los lazos que mantiene en el país miembro

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Giovanni Pitruzzella, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha emitido una serie de conclusiones que determinan que, aunque existan motivos para declarar irregular a un extranjero en un país miembro, se deben considerar los vínculos familiares de esta persona con resientes de la UE.

Pitruzzella se ha pronunciado sobre este asunto tras una petición del Consejo de Estado de Países Bajos sobre si es posible poner fin a la situación regular de un extranjero por razón de amenaza para el orden público.

El abogado establece que el Código Schengen debe interpretarse en el sentido de que, para declarar el carácter irregular de un miembro de un tercer país, las autoridades nacionales no están obligadas a justificar que la conducta personal de dicho nacional constituye una amenaza para el orden público del país de destino.

Señala que, en principio, una amenaza para el orden público puede ser simplemente la existencia de una sospecha de que el extranjero haya cometido un delito. En este caso, destaca que las autoridades están obligadas a basar su decisión en hechos reales y en el principio de proporcionalidad.

Sin embargo, el abogado general hace hincapié seguidamente en el derecho a la reagrupación familiar. Establece que el TJUE tiene competencia para interpretar este derecho en situaciones como la que se está tratando, en la que la persona es considerada peligrosa para el orden público.

Y establece la actitud a adoptar en dos casos: cuando el extranjero en cuestión haya sido condenado a una pena de prisión y cuando se trate de un delincuente reincidente, con varias condenas a sus espaldas.

Tanto en un caso como en el otro, el abogado de la UE considera que deben hacerse “apreciaciones individualizadas” del interesado, atendiendo a “intereses en conflicto” como los vínculos y lazos familiares, culturales o sociales que puede mantener en el país miembro en el que permanece.

 

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