Luz verde a Hablamos Español para incluir el castellano como lengua vehicular en Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia Autonómico no legitima a Convivencia Cívica Catalana

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido un auto mediante el cual considera legitimada a la Asociación Hablamos Español para reclamar la ejecución de la sentencia firme que obliga a los centros de enseñanza de Cataluña a incluir el español como lengua vehicular en, al menos, un 25% de las materias y siendo parte de ellas troncales.

El TSJC resuelve que su mandato sobre la obligatoriedad de cumplimiento de la sentencia sigue siendo aplicable a pesar de las nuevas normas aprobadas por el Gobierno Catalán en los mismos términos y plazos fijados en que se obligó en la interlocutoria publicada por el Tribunal del pasado 9 de mayo, ya que dicha sentencia se basa directamente en la aplicación de la doctrina del TC, que está jerárquicamente por encima de cualquier norma jurídica con rango de Ley.

No ha considerado legitimada a Convivencia Cívica Catalana, ya que sus estatutos no recogían específicamente un mandato para este tipo de procedimiento, pero “ambas asociaciones continuamos trabajando codo a codo para lograr el pequeño pero importante avance que supone la introducción del español como lengua vehicular en el sistema educativo de Cataluña. Nuestra estrategia seguirá siendo conjunta y seguimos adelante con los demás frentes judiciales abiertos para lograr la ejecución de la sentencia convertida en firme por el Tribunal Supremo”, han expresado.

NO legitimada la asociación AMPA TOTAL

Por otra parte, el TSJC no acepta la legitimación de la Asociación de padres AMPA TOTAL, “porque la Generalidad de Cataluña no ha querido reconocer su legalidad hasta ahora. En los próximos días recurrirán  esta decisión aportando la documentación que la Consejería de Educación rehúye reconocer. Tampoco han sido legitimados sindicatos ni las entidades  Omnium Cultural y Plataforma per la Llengua”.

Así mismo,  “queremos destacar que la resolución recibida el 22 de junio, que llega después de casi tres meses de espera, se nos ha comunicado en catalán, a pesar de que todos los escritos remitidos por nuestra parte estaban redactados en español, por lo que en aplicación de la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en su sentencia 31/ 2010 fundamento jurídico 23, sería de esperar que las comunicaciones enviadas a estas   asociaciones estuvieren redactadas, asimismo, en esta lengua”.

 

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