El Supremo confirma la sanción de Turismo Comunidad Valenciana a Airbnb

La Agencia Valenciana de Turismo ha calificado la decisión como una “buena noticia para evitar el intrusismo y la competencia desleal”

Usuario de Airbnb.
Usuario de Airbnb.

El Tribunal Supremo ha reafirmado la sanción que la Generalitat Valenciana, a través de la Agencia de Turismo valenciana, impuso en su momento a la plataforma de comercialización de viviendas turísticas Airbnb, por no solicitar ni mostrar el número de registro de las viviendas que comercializa.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación interpuesto por Airbnb contra la sentencia, el pasado 9 de abril, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia, en la que ya desestimaba el recurso interpuesto por la plataforma de alquiler turístico Airbnb Marketing Services contra la sanción impuesta por la Agencia Valenciana de Turismo.

El secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, ha destacado a El Confidencial Judicial que “el Supremo reafirma así nuestra estrategia de lucha contra las plataformas que comercializan viviendas sin el número de registro correspondiente para garantizar su legalidad”.

“Contra el intrusismo y la competencia desleal”

Así, Colomer ha destacado que “es una buena noticia para el sector reglado y profesional, así como para el modelo turístico que buscamos para nuestra Comunidad, donde el intrusismo y la competencia desleal no tienen espacio”.

“El hecho de que el Supremo nos dé la razón ante estos gigantes globales es una noticia muy positiva que lanza un mensaje de no impunidad”, ha subrayado, “porque no miramos a otro lado, sino que utilizamos todos los medios de que disponemos para marcar el nivel de calidad que merece este sector”.

En este sentido, ha recordado que la sentencia contra Airbnb fue la cuarta que la Agencia Valenciana de Turismo ha ganado en los tribunales. Desde 2015, año en que gobierna el tripartito de izquierdas – socialistas, Compromís y Podemos - en la Comunidad Valenciana, se han iniciado 54 procedimientos sancionadores a este tipo de plataformas.

Previamente, y desde el 23 de noviembre de 2017, los tribunales ya se habían pronunciado a favor de las sentencias interpuestas por la Agencia a las empresas Homeaway, Rentalia y Windu.

En todas las ocasiones los tribunales han fallado a favor de la capacidad sancionadora de la Generalitat Valenciana ante las plataformas que publicitan y comercializan por internet alojamientos turísticos sin hacer constar el correspondiente número de registro.

Las sanciones pueden llegar a 600.000 euros

Además, la nueva Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad incrementa la capacidad sancionadora del Consell en esta materia, por lo que los expedientes sancionadores pueden llegar hasta los 600.000 euros de multa.

 

De hecho, Colomer ha destacado a este digital que “durante este tiempo hemos continuado abriendo expedientes a todas aquellas plataformas que no subsanen en sus prácticas irregulares y mantengan su oferta sin solicitar ni mostrar el número de registro”.

“Todo ello para garantizar, no sólo que los propietarios de los alojamientos cumplen con sus obligaciones, sino que los consumidores puedan reclamar sus derechos”, ha señalado Colomer, que insiste en que es “una cuestión de disciplina pero también de pedagogía”.

Video del día

6 de cada 10 de los que van en bici o en
patinete en ciudad no llevan casco
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato