El TSJ de Galicia autoriza prorrogar hasta marzo el certificado COVID-19 en hospitales y residencias

La Sala asegura que el virus “continúa teniendo una elevada circulación” y destaca que la medida tiene como objetivo proteger a personas especialmente vulnerables

Carballo. A Coruña
Residencia de mayores de Carballo después que la  Xunta ha decidido levantar todas las restricciones activadas en el último año y medio en residencias de mayores y centros de día, por lo que los usuarios pueden volver a la vida normal, tanto individual como colectiva.
Carballo. A Coruña Residencia de mayores de Carballo después que la Xunta ha decidido levantar todas las restricciones activadas en el último año y medio en residencias de mayores y centros de día, por lo que los usuarios pueden volver a la vida normal, tanto individual como colectiva.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar en toda la comunidad, hasta el próximo 12 de marzo, la obligación de presentar el certificado COVID-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para visitar a los pacientes ingresados en centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional. La Sala indica en el auto, que ha sido notificado hoy, que los datos del estudio técnico aportado por la Consellería de Sanidad demuestran que “el virus continúa teniendo una elevada circulación”.   

La situación epidemiológica de la comunidad, según los magistrados, conlleva “un evidente riesgo de contagio”, por lo que consideran necesario mantener la medida preventiva. Además, al igual que señalaron en el auto del 11 de febrero, destacan que la presentación del pasaporte COVID-19 tiene como objetivo, en este caso, proteger a personas especialmente vulnerables. 

“No puede llevar a engaño la tendencia decreciente de la tasa de incidencia del virus desde el 19 de febrero”, advierte la Sala, al tiempo que subraya que, a 19 de febrero, la tasa de incidencia a 14 días se situó en 1.347 casos por cada 100.000 habitantes. Además, los magistrados explican que las personas no vacunadas tienen alternativas para acceder a estos centros, “con alto riesgo de transmisión”. Así, recuerdan que tienen la posibilidad de presentar un certificado de prueba diagnóstica negativa o de haber pasado la enfermedad e, incluso, los centros hospitalarios ofrecen la posibilidad de someterse voluntariamente a una prueba diagnóstica.

 

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