Antonio Benítez Ostos, en el Supremo: “Las víctimas del Alvia merecen una investigación independiente”

El abogado defiende a las víctimas en un asunto sin precedentes y que ha llegado al máximo exponente judicial de España, que solo admite a trámite un porcentaje ínfimo de este tipo de recursos

Fotografía Antonio Benítez.
Fotografía de Antonio Benítez.

La Plataforma Víctimas Alvia 04155, conformada por los afectados del accidente ferroviario ocurrido en Angrois (Galicia) en julio de 2013, han solicitado en la vista celebrada el pasado 21 de noviembre, en la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Supremo, que se lleve a cabo una nueva investigación técnica independiente, en la que se escuche a las víctimas y que la Comisión de Investigación sea imparcial, objetiva y neutral.

Así lo ha manifestado el Letrado de las víctimas, Antonio Benítez Ostos, Socio – Director y fundador de Administrativando Abogados, que ha cerrado su intervención de 20 minutos aproximadamente, con las siguientes palabras:

"No exigimos indemnización alguna, sino que se conozca la verdad técnica de lo que sucedió, conforme a los requisitos legalmente establecidos y al margen del resto de los procesos judiciales en curso. 

Y lo hacemos, en honor de las 80 almas fallecidas y 152 heridos en el que ha sido el segundo siniestro ferroviario más grave de nuestra historia. 

Las víctimas y el resto de ciudadanos, se merecen una investigación objetiva e imparcial. 

Finalizo: ¿Cómo se siente una víctima que ha perdido a un ser querido en dicho siniestro y conoce que éste ha sido investigado por miembros de las organizaciones directamente implicadas en el mismo?". 

La Abogacía del Estado se ha opuesto a dichas peticiones, señalando que no procede jurídicamente, que la investigación se realizó conforme a derecho y que la Comisión de Investigación fue y sigue siendo imparcial. 

Antecedentes del caso

Las víctimas, por medio de Administrativando Abogados, solicitaron que se repitiese la investigación del accidente que se llevó a cabo mediante Informe de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, a fecha 20 de mayo de 2014. 

Sus alegatos se basaban, principalmente, en que, siguiendo el Informe de la Agencia Ferroviaria Europea (ERA/ADV/2015-6), publicado a fecha 4 de junio de 2014, la investigación llevada hasta ahora no había sido realmente independiente, pues en la misma participaron miembros de Organismos que se encontraban involucrados en el accidente. Concretamente, ADIF, RENFE y el MINISTERIO DE TRANSPORTES. Y ello, infringiendo la Ley del Sector Ferroviario Española, entonces en vigor, y la Directiva Europea (2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, de Seguridad Ferroviaria. 

 

Asimismo, se alegaba que no se había seguido el procedimiento establecido normativamente, dado que, entre otras irregularidades, no se escucharon a las víctimas confiriéndoles plazo de alegaciones.

El Ministerio de Transportes se negó a dirigir a la CIAF la petición de la plataforma de llevar a cabo una verdadera investigación independiente, alegando que la actual CIAF era diferente a la anterior y que, además, no era posible jurídicamente atender dicho alegato dado que no lo admitía el Ordenamiento Jurídico Español. 

La Plataforma, disconformes con la decisión del Ministerio de Transportes, interpuso recurso contencioso – administrativo frente a la misma y que firmaba el letrado Antonio Benítez Ostos. 

Finalmente, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su reciente Sentencia número 474, de 26 de mayo de 2022, estimó parcialmente el recurso interpuesto, exigiendo que la actual CIAF se reúna y resuelva por escrito la solicitud de las víctimas

Sin perjuicio de lo anterior, las víctimas preparon recurso de casación contencioso – administrativo ante el Tribunal Supremo y frente a dicha Resolución Judicial, para tratar de lograr una estimación total de sus pretensiones. 

Pese a que solo se admiten a trámite un porcentaje ínfimo de los recursos de casación que se preparan, el 15 de noviembre de 2022, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Supremo, admitía a trámite el recurso de casación presentado por la Plataforma, al considerar que concurre interés casacional objetivo y les emplaza para que, en el plazo de treinta días, formalicen el recurso. Dicho trámite se cumplimentó en plazo. 

Consideró la Sala que “se trata de una cuestión jurídica de alcance general y transcendencia social, en lo que se refiere a la interpretación del ordenamiento jurídico en materia de accidentes ferroviarios extrapolables a “otras grandes catástrofes” o “sucesos con víctimas múltiples” en los que las garantías de la investigación y la posición que ostentan en el procedimiento las víctimas y sus familiares son cuestiones de afectación general”.

El Alto Tribunal, convocó a las víctimas a una vista pública celebrada el pasado martes, a la que acudió y defendió Antonio Benítez Ostos.  

Éste último señala que “confía en que el máximo exponente jurisdiccional en nuestro país, estime íntegramente el recurso interpuesto y ordene repetir la investigación exigiendo que se realice conforme al procedimiento legalmente establecido”.

Confiesa que se trata de un procedimiento de altísima complejidad jurídica, con un notable alcance mediático, en el que no ha encontrado precedentes siendo totalmente pioneros en el planteamiento. Sin embargo, considera que los alegatos que defiende son contundentes y deberían de prosperar.

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