Los ocupas se reinventan y falsifican nóminas o contratos laborales para engañar a los propietarios y alquilar legalmente una vivienda

Esta nueva técnica es difícil de combatir, por eso hay que prestar más atención que nunca antes de firmar cualquier contrato de arrendamiento

Figuritas de casas.
Figuritas de casas.

En la vida del ocupa los planes son tan a corto plazo que es muy difícil imaginar una situación de estabilidad a seis o doce meses vista. Tan pronto estás aquí, como te toca recoger tus bártulos y salir pitando hacia otro barrio o lugar de la ciudad con la intención de encontrar un nuevo inmueble o local ajeno que pueda servir de morada durante otro corto lapso de tiempo.

Este modus operandi que siempre ha caracterizado a estos nómadas del siglo XXI no está exento de suspicacias y los hay que a raíz de la pandemia, y con el fin de poder prolongar su estancia en algún punto y disfrutar de algo de tranquilidad en plena época del Covid-19, tratan de reinventarse falsificando nóminas o contratos de laborales para engañar a los propietarios y alquilar una vivienda por los cauces legales.

Dicho así puede parecer un poco simple, pero lo cierto es que el dominio de determinadas personas de distintos programas informáticos de diseño y edición permite lograr unos resultados sumamente realistas que convierten a estos documentos en mentiras prácticamente indetectables. De hecho, en algunas páginas de internet relacionadas con la compraventa de artículos se puede encontrar a usuarios que se prestan a elaborar este tipo de alteraciones por cantidades que rondan los 200 o 300 euros y que son sumamente accesibles para que estos ocupas traten de engañar a algún arrendador.

Si ya de entrada los caseros o propietarios que caigan en esta trampa y que hayan visto en estas personas a los inquilinos idóneos para su inmueble se pueden ver sumamente afectados, lo peor llega cuando los ocupas (evidentemente después de no haber abonado ninguna de las mensualidades en los meses contiguos y de dar esquinazo a los mensajes del propietario) se tratan de aprovechar de su supuesta situación de vulnerabilidad y se acogen a la prohibición de desahucios establecida por el Gobierno para aquellas personas que están atravesando una situación complicada y que carecen de alternativa habitacional.

Una jugada maestra que de salir bien les permite establecerse durante una temporada más o menos larga con total tranquilidad, ya que además, los ocupas son plenamente conscientes de que por su situación de insolvencia una condena que les requiera el pago de las cuotas contractuales que nunca abonaron no les va a suponer un cambio drástico en su vida, puesto que no tienen el dinero para poder pagarlo. Simplemente, cuando sean forzados a abandonar el edificio, tratarán de buscar otro piso y repetir en la medida de lo posible estos mismos pasos.

¿Qué pueden hacer los propietarios ante esta situación?

El abogado Eduardo Fernández-Fígares de desahucioinquilinos.es es muy claro en su respuesta. En el caso de que ya se haya caído en la trampa y el contrato esté establecido y los inquilinos (ocupas) ya vivan en la vivienda su consejo es “demandar desde que vence el periodo de pago de la primera mensualidad, normalmente del día uno al cinco de cada mes”, ya que, tal y como recuerda, “la demanda tendría viabilidad desde que se produce el primer retraso”. Cuanto antes se presente la demanda, antes se iniciará el proceso y más pronto se recuperará el inmueble.

Para este tipo de casos, Fernández-Fígares aconseja no ablandarse ante las peticiones de los inquilinos y desconfiar de cualquier tipo de razón o explicación que puedan dar para justificar el retraso, pues seguramente sean excusas que traten de retrasar la posterior demanda de desahucio.

Si en cambio aún no se ha caído en la trampa pero como propietarios sospechan de los inquilinos que desean alquilar su inmueble, o simplemente quieren asegurarse de su solvencia, lo mejor es el trabajo preventivo. “Lo más recomendable es pedir el aval bancario o contratar un seguro de impago de alquiler”, asegura. Esta petición será útil “para que los ocupas no logren pasar el filtro de consultas de listados de morosos que realizan estas empresas aseguradoras y se descubrirá el engaño antes de firmar el contrato de arrendamiento”.

En esta línea van también los consejos de Guillermo Pérez Gómez, abogado de Larson & Co, que recomienda “buscar el mejor asesoramiento posible y que, por supuesto, se extremen las precauciones”. Por su parte, “una recomendación que suele funcionar bien es pedir referencias de otros propietarios con los que haya estado alquilado previamente”.

 

La vía penal: una opción pero no la más recomendable

Si bien es cierto que una de las opciones a considerar que presenta esta situación es la de denunciar a los ocupas por un más que posible delito de falsedad documental, lo cierto es que Pérez Gómez reconoce que “esta vía no es muy eficaz en estos casos (siempre dependiendo circunstancias del caso concreto) ya que el propietario lo que busca es que el ocupa abandone su casa lo más pronto posible y si puede ser, cobrar las rentas que no ha percibido”. Y es que, generalmente, el abrir un procedimiento penal le puede suponer un nuevo desgaste económico y temporal al propietario, cuyo único deseo es recuperar de una vez por todas su vivienda.

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