Convocan seis becas para realizar tareas de investigación y tratamiento jurídico en la doctrina constitucional

La formación tendrá una duración de 12 meses con una remuneración de 1.200 euros brutos mensuales

Captura de pantalla del BOE.
Captura de pantalla del BOE.

El Gobierno ha publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado una convocatoria para la concesión de seis becas para la realización de actividades de formación jurídica teórico prácticas relacionadas con la recopilación, clasificación y publicación de la doctrina del Tribunal Constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del alto tribunal.

La formación tendrá una duración de doce meses, pero podrán ser prorrogadas si fuera conveniente para el programa de formación por un máximo de seis meses, con una remuneración económica de 1.200 euros brutos al mes.

Las personas beneficiarias de las becas contarán con el asesoramiento, orientación y dirección del letrado-jefe del Servicio de Doctrina Constitucional, quien definirá las tareas a realizar conforme al correspondiente plan de formación. 

Condiciones para optar a las becas

- Estar en posesión del título de graduado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente.

- Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2017.

- Poseer conocimientos de inglés o francés correspondientes al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (First Certificate, puntuación mínima de 87 en el TOEFL Internet Based Test, Delf B.2, o equivalentes).

- No padecer enfermedad ni discapacidad que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas de acceso y, en su caso, de las actividades formativas, para asegurar su participación en condiciones de igualdad.

- No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional en cualquiera de sus modalidades. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a seis meses.

 

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