Justicia tiene 114 puestos de trabajo blindados a su convocatoria pública

Comisiones Obreras denuncia que personal interino o en comisión de servicios ocupe desde hace decenas de años empleo en el Supremo, Fiscalía y Audiencia Nacional

Tribunal_Supremo,_Madrid
Tribunal_Supremo,_Madrid

El Ministerio de Justicia ha facilitado los datos a Comisiones Obreras donde se señala la irregularidad de mantener 114 puestos de trabajo de la Administración de Justicia ocupados por personal interino o en comisión de servicio y blindados a su convocatoria pública desde hace decenas de años. 

El puesto más antiguo es un puesto de Secretaría Particular del Tribunal Supremo ocupado por la misma persona interina desde hace más de 31 años, en concreto desde el 9 de junio de 1989. Otra de las está cubierta de forma irregular desde 1990, dos desde 1995, otra desde 1998 y tres desde 1999. 

De 2000 a 2010 hay casi treinta plazas más sin ofrecerse a convocatoria pública. En la misma situación hay otras cincuenta plazas más. 

A estas hay que sumar 85 plazas de gestión y tramitación para atender las secretarías de los magistrados del Tribunal Supremo, 26 para las de los fiscales de sala y 3 para las de los magistrados de la Audiencia Nacional. Se suman a ellas dos plazas de la Administración de Justicia de Ceuta, una de Murcia y una más de Valladolid.

La denuncia de Comisiones Obreras

Comisiones Obreras comunica que siempre ha estado en contra de la existencia del puesto de trabajo de libre designación en la Administración de Justicia para que no sea el 'nombramiento a dedo' el criterio para asignar el puesto. 

Tanto el nombramiento de personal interino como la cobertura de plazas en comisión de servicio son mecanismos extraordinarios y coyunturales de provisión de puestos de trabajo que no pueden sustituir en ningún caso a la convocatoria pública de las plazas para que pueda optar a ellas el personal titular que esté interesado en ello.

Por otro lado, y en relación con las comisiones de servicio, solo pueden tener una duración máxima de un año, prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo, según establece el punto 3, del artículo 73 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

A juicio de Comisiones Obreras es de extremada gravedad que se produzcan en el entorno de las más altas instancias de la Magistratura y de la Fiscalía, precisamente de las instituciones que debieran ser máximas garantes de la legalidad. 

 

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