Nace el nuevo Registro en clave digital

La nueva ley conlleva la desaparición del Libro de Familia y una desjudicialización del servicio

Ministerio de Justicia - Registro civil
Ministerio de Justicia - Registro civil

La nueva ley del Registro Civil, que llevaba en barbecho una década, finalmente ha entrado en vigor esta semana, alumbrando un nuevo modelo que se asienta sobre tres pilares: la desjudicalización, la digitalización y la implantación territorial para no dejar atrás a la 'España vaciada'.

Aprobada en 2011 durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, debía haber entrado en vigor en 2014, pero las sucesivas prórrogas, asociadas unas veces a revisiones del modelo ideado y otras a las dificultades técnicas para hacerlo realidad, lo postergaron hasta el 30 de abril de 2021.

La ley ha incorporado una reforma 'in extremis' aprobada esta misma semana para "redefinir algunos aspectos", entre ellos "preservar la naturaleza del Registro Civil como un servicio público y gratuito" y "garantizar el acceso a todos los ciudadanos, con una red de oficinas dotada de servicios electrónicos y adecuadamente capilarizada en todo el territorio nacional", de acuerdo con su preámbulo.

La ley del 2011 despliega sus efectos justo cuando se cumplen 150 años del nacimiento del Registro Civil para sustituir a una ley de 1957, basada en "el punto de vista clásico" sobre el mismo, "concebido como instrumento para la constancia oficial de la existencia, estado civil y condición de las personas", con el fin de acomodarlo a "la España de hoy, cuya realidad política, social y tecnológica es completamente distinta a la de entonces".

El principal cambio es que las oficinas del Registro Civil ya no estarán en manos de los jueces, aunque se mantendrán arraigadas en la administración de justicia. Ahora, sus distintas sedes estarán dirigidas por Letrados de la Administración de Justicia (LAJs) y gestionadas por funcionarios públicos. Y ello, expone la propia ley, para "una mayor uniformidad de criterios y una tramitación más ágil y eficiente de los distintos expedientes".

El Registro Civil será uno solo para toda España pero quedará estructurado en una Oficina Central, una Oficina General por cada comunidad o ciudad autónoma y otra más por cada 500.000 habitantes, y una red de oficinas consulares. A ellas se añaden las oficinas colaboradoras, que surgirán de la modernización de los actuales Registros Civiles Municipales en los juzgados de paz.

Se suprime el tradicional sistema de división del Registro Civil en Secciones --nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales-- y se crea un registro individual para cada persona a la que desde la primera inscripción se le asigna un código personal que le servirá para el resto de su vida, una especie de DNI registral.

Además, se da el salto digital. El Registro Civil se transformará en una base de datos única de acceso electrónico para "eximir al ciudadano de la carga de tener que acudir presencialmente a las oficinas", señala el texto legal

Con todo, desaparece el Libro de Familia para dar paso a una hoja individual asociada a ese código personal donde constarán todos los datos de la vida del individuo, para dejar atrás la tradicional configuración del estado civil a partir de la filiación o el matrimonio.

 

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