La reforma de la ley concursal dificulta que los deudores se libren de sus cargas, según advierten los abogados

La exoneración solo se realiza por juzgados mercantiles

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Una persona realiza cuentas para llegar a final de mes

La reforma concursal, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre, tiene un objetivo claro: agilizar los procedimientos de insolvencia simplificando su proceso. Algo que no va a ocurrir porque “todos los casos se han derivado a los juzgados mercantiles de las provincias, donde hay escasez de funcionarios” explica Estíbaliz Espín, directora de operaciones de la Ley de Segunda Oportunidad en Preicojurídicos. 

La norma también busca velar por la continuidad de las empresas con dificultades financieras. Además de exonerar a los deudores de buena fe, es decir, aquellos que se declaran insolventes porque, realmente, no pueden hacer frente a los pagos que les corresponden. 

Este reajuste esconde tres cambios principales. El primero son los nuevos planes de reestructuración; que eliminan los instrumentos preconcursales simplificando el camino para salir de la quiebra. El segundo es la posibilidad de acogerse a estos designios sin la obligación de liquidar los bienes a nombre del deudor, aunque deberá establecer un hoja de ruta de pago a tres años -antes cinco-. Y el tercero es que solo se le podrán condonar a los autónomos hasta 10.000 euros de Hacienda Pública y Seguridad Social.

Otra novedad que viene aparejada a la nueva reforma concursal es que cada caso estará 18 meses en sede judicial como máximo. “Ojalá sea así” esgrime la experta.

Condiciones a cumplir

Para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) “no puede haber sido condenado por estafa ni tener antecedentes penales, la cantidad total de las deudas debe ser inferior a cinco millones, y, como mucho, tendrá 50 acreedores, no más”. “La nueva reforma concursal pretende un procedimiento personalizado” detalla la especialista.

Estíbaliz califica la ley como “una oportunidad para empezar de cero”. Prueba de ello es que ahora se puede mantener la vivienda habitual, siempre que se pueda hacer frente a su hipoteca y su venta no suponga beneficios. Lo mismo que ocurre con los bienes e inmuebles. 

Perfil de los deudores

“Deudores podemos ser todos, nadie está a salvo” sentencian desde Preicojurídicos. La demostración las personas que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad ha incrementado un 300% a raíz de la pandemia. Actualmente, en el bufete contabilizan hasta 2.000 clientes con esta norma. A quiénes se les otorga  “un acompañamiento psicológico, por el acoso telefónico”.

El número de llamadas reclamando el dinero puede ser interminable. “Hasta 50 veces han tecleado el número de algún cliente en un solo día” contabilizan. Detrás de la línea están los bancos y las agencias de recobro, que “no paran de llamar desde que tienes un pago pendiente hasta que finaliza el proceso”. ¿El motivo? En el caso de triunfar con La Ley de Segunda Oportunidad, van a pérdidas; es decir, se elimina automáticamente la deuda.

“El acoso es tal que, incluso militares que hemos tenido de clientes, han tenido amonestaciones en sus cuarteles porque las instituciones se han percatado de dónde trabajaban” añaden. 

 

“El perfil más usual es gente de entre 35 y 50 años, aunque notamos un cierto repunte de gente joven” específica. Emprender nunca es fácil, en ocasiones se triunfa, pero también puede salir mal, por eso “la mayoría de ellos son autónomos que se ven atados de pies y manos”. Y es que, “si eres moroso no puedes dar de alta la luz, tampoco el agua…” lamentan. 

Desde 2015 más de 15.000 personas se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, y sólo en 2021, 7.000 consiguieron deshacerse de sus deudas. Un ejemplo más reciente es un matrimonio de Barcelona. Ellos debían 300.000 euros y han quedado exonerados. Otro procedimiento en el que trabajan actualmente en Preicojurídicos es el de una viuda. Le reclaman 1.800.000 euros, y su caso continúa en el juzgado. 

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