El Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo valenciano) defiende que la cita previa es ilegal

Algunos juristas apoyan el dictamen, o al menos subrayan que “no puede ser obligatoria”

Ángel Luna, con el informe anual 2022
Ángel Luna, con el informe anual 2022

El informe anual de 2022 del Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo en el régimen jurídico valenciano) presentado esa semana en las Cortes Valencianas dio un fuerte tirón de orejas a la Generalitat, ayuntamientos y diputaciones provinciales por mantener la exigencia de que los ciudadanos pidan cita previa si quieren ser atendidos presencialmente por un funcionario en las oficinas de atención al público de cualquier administración.  

Leyes invocadas

Según ha denunciado el Síndic Ángel Luna, infringe "derechos reconocidos a la ciudadanía por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que obliga a respetar los principios de proximidad y servicio efectivo, ya señalados". 

De hecho, el Síndic de Greuges ha detectado la venta de citas previas, y se ha publicado en los medios de comunicación. En este caso , la Administración debe atajar esa venta, pues su forma de funcionar está provocando perjuicios en los usuarios que, al final, son los ciudadanos. 

Sin embargo, no son consideraciones que únicamente haga el Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana, sino que estas conclusiones son compartidas por diversos juristas. 

“La cita previa no puede ser obligatoría”

Exponen que “la cita previa obligatoria que impusieron las Administraciones Públicas tras la pandemia es ilegal”.

Otros juristas no son tan tajantes, alegando que la cita previa puede ser una fórmula para mejorar la prestación del servicio público – por ejemplo, renovar el DNI -, pero “no puede ser exclusiva, sino que deben ofrecerse alternativas”

Una obligación impuesta en tiempos de la covid-19 por las administraciones para evitar aglomeraciones que  “los ciudadanos pueden recurrir amparándose en las dos leyes citadas”. Y, si en el plazo de un mes el ayuntamiento o institución en cuestión no contestase, el ciudadano podría interponer una queja ante el Defensor del Pueblo, tal y como el año pasado hicieron varios valencianos ante el Síndic de Greuges por este motivo. 

En todo caso coinciden en que “la cita previa no puede ser obligatoria”.

 

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