El decreto ley de digitalización no desarrolla las nuevas Oficinas de Justicia

Expertos consideran que la norma impulsada por Bolaños es “continuista” y apenas supone cambios

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, interviene durante un pleno del Congreso de los Diputados, en el Palacio del Senado, a 10 de enero de 2024, en Madrid (España)
El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, interviene durante un pleno del Congreso de los Diputados, en el Palacio del Senado, a 10 de enero de 2024, en Madrid (España)
  1. “No es novedoso, es continuista”
  2. Medidas más concretas
  3. Oficinas de Justicia: lo más vanguardista del decreto, sin desarrollar
  4. Falta de recursos
  5. ¿Agilizará la justicia?
  6. Polémica de Junts con la cuestión prejudicial
La diputada y portavoz de Junts en el Congreso, Miriam Nogueras, durante un pleno en el Congreso de los Diputados, a 19 de diciembre de 2023, en Madrid (España)
La diputada y portavoz de Junts en el Congreso, Miriam Nogueras, durante un pleno en el Congreso de los Diputados, a 19 de diciembre de 2023, en Madrid (España)

El decreto de digitalización de la Justicia es uno de los tres que ha conseguido salir adelante. La abstención de Junts el pasado miércoles logró que la normativa se aprobara con 172 votos a favor y 171 en contra.

Sin embargo, la posición de la formación independentista con respecto de este real decreto - el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que también ha recibido el nombre de decreto ómnibus- hizo un giro de ciento ochenta grados. Los representantes de Junts criticaron abiertamente la reforma, pues según su versión dificultaba la tramitación de la ley de amnistía y aseguraron que no iban a apoyarlo.

Además, otros juristas y profesionales del derecho se mostraron escépticos ante las propuestas del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y cómo iban a llevar a cabo la digitalización.

“No es novedoso, es continuista”

El profesor de derecho procesal de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), Juan Manuel Alcoceba, quien también fue asesor del gabinete de los dos últimos ministros de Justicia, ha afirmado en una entrevista a Confidencial Digital que esta nueva normativa “es continuista, no es una transformación”.

El jurista ha explicado que lo que hace es consolidar la tendencia de una ley que ya existe desde 2011 (Ley 18/2011, de 5 de julio) y darle un régimen más completo acorde a los avances tecnológicos de hoy en día.

De hecho, forzada por la pandemia en 2020, la Justicia ya pasó por un proceso exprés de digitalización para hacer frente a la covid. Se equiparon los juzgados y ya se llevaron a cabo audiencias telemáticas, aunque estos todavía no están disponibles en todos los municipios.

Alcoceba concluye que lo que ha hecho el Ministerio con este real decreto es poner por escrito muchos procesos que ya se están llevando a cabo y que “ha ido a la seguro para obtener la satisfacción de la Unión Europea”, ya que esta reforma obtiene recursos financieros de los fondos Next Generation por entrar dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Medidas más concretas

La digitalización de la Justicia empezó en 2001 y desde entonces se han dado pasos intermedios.

 

El catedrático de derecho procesal de la Universidad de Barcelona, Jordi Nieva, ha recordado la “política de papel cero” que impulsó el Ministerio de Justicia en 2015 y ha afirmado que ocho años después “continuamos igual”.

Tanto Alcoceba como él coinciden en que lo que faltan son medidas mucho más concretas para llevar a cabo la digitalización y que el Real Decreto-Ley está redactado en términos generales.

Oficinas de Justicia: lo más vanguardista del decreto, sin desarrollar

Un ejemplo de ello son las Oficinas de Justicia, que pretenden sustituir los juzgados de paz en los municipios y desde dónde las cuales se podrían hacer juicios telemáticos, ya que en la actualidad existe al menos uno por cabeza judicial.

“El Real Decreto alude a figuras más vanguardistas, como las Oficinas de Justicia, pero no están del todo desarrolladas”, asegura el profesor de la UC3M. Estas Oficinas eran “lo más ambicioso” del proyecto, pero ha pasado a estar solo mencionado”.

Nieva, por su parte, aboga por confeccionar una aplicación en la cual los abogados puedan comunicarse con el tribunal y con las demás partes del procedimiento de manera digitalizada, ya que continúa haciéndose en papel a través de fotocopias.

Falta de recursos

El magistrado y miembro del Comité Nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Luis Ortiz Vigil, ha declarado a Confidencial Digital que la mayor parte de los juzgados está lejos de esa política de papel cero. “La realidad es otra. En muchas de las oficinas se trabaja con sellos, cartas, papel… Aquí seguimos trabajando con expedientes físicos”,  ha explicado.

Ortiz ha reclamado que “no hay recursos suficientes” y el decreto lo único que hace es prever la adaptación de medidas para dotar de medios materiales y personales la digitalización. Además, ha advertido que en las leyes pasadas también lo tenían puesto sobre el papel y jamás se invirtió lo necesario.

¿Agilizará la justicia?

El magistrado ha apuntado que la digitalización agilizaría la Justicia en tanto que se podrían emitir notificaciones por mensaje y no con un sello.

Otra de las claves que incorpora el Real Decreto es la interoperabilidad entre sistemas. Hoy en día, los sistemas informáticos entre las diferentes comunidades autónomas son diferentes y ralentizan el traspaso de archivos y comunicaciones.

Aunque estas medidas lograrían agilizar los procedimientos, los juristas han señalado, no obstante, que hay otros factores más importantes que influyen, como la falta de jueces.

Polémica de Junts con la cuestión prejudicial

Al margen de las medidas de digitalización, hubo un artículo del Real Decreto que causó un enfrentamiento entre Junts y el PSOE, el artículo 43 bis. Se trata de la norma que regula la cuestión prejudicial europea, es decir, el mecanismo del que disponen todos los órganos jurisdiccionales del territorio para preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acerca de la interpretación de alguna ley o su validez.

Según el partido independentista, este artículo puede paralizar la tramitación de la Ley de Amnistía y han logrado que el PSOE prometa retirarlo del Real Decreto.

Sin embargo, los tres juristas con los que ha hablado este medio afirman que, desde el punto de vista jurídico, no cambia nada.

“Esta herramienta ya existía en 1986. Es un artículo dentro del tratado del funcionamiento de la Unión Europea”, ha aclarado Nieva. Por tanto, esté o no esté la cuestión prejudicial en la normativa española, todos los jueces y magistrados que lo deseen tienen el derecho de llevar la Ley de Amnistía o cualquier otra cuestión al TJUE.

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