La causa judicial más antigua de España acaba en absolución

Juicio.
Juicio.

El caso Rexus ha acabado con sentencia absolutoria para sus nueve acusados después de 22 años en los juzgados y de haberse convertido en la causa judicial más antigua de España pendiente de señalamiento, también de la provincia de Jaén, según ha venido recogiendo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Fue en 1998 cuando la Fiscalía Anticorrupción abrió diligencias por un supuesto fraude con empresas pantalla. Desde entonces han pasado 22 años hasta que finalmente el pasado 13 de noviembre el Juzgado de lo Penal celebró el juicio y sentó finalmente en el banquillo a nueve acusados, ahora todos absueltos. Aunque eran diez los acusados, solo se ha juzgado a nueve por el fallecimiento de uno de ellos.

El juicio se celebró en la sala de vistas de la Audiencia de Jaén por el elevado número de acusados y si bien hubo que esperar 23 años para celebrar el juicio, no ha ocurrido lo mismo con la sentencia. Un fin de semana es lo que ha necesitado la magistrada para emitir su fallo y comunicarlo a las partes. El juicio se celebró el 13 de noviembre y la sentencia, de 36 páginas, ya estaba notificándose el 16.

A los nueve acusados, el Ministerio Fiscal le reclamaba penas de entre cuatro y seis años de prisión, además de multas de 15 millones de euros, por un supuesto fraude, ahora rechazado, de más de 4,6 millones de euros a la Hacienda Pública en concepto de IVA impagado por la compraventa de material informático a través de testaferros y empresas pantalla.

En el ojo del huracán, la empresa jiennense Rexus. Se imputó a las dos administradoras y al apoderado de esta empresa de informática en la que habían participado como empresas de primer y de segundo nivel numerosas sociedades radicadas en su mayoría en Madrid y en las que aparecían como administradores en varias de ellas personas de nacionalidad extranjera.

Ahora, la magistrada señala en su sentencia respecto a Rexus que
las facturas emitidas por dicha entidad "obedecían a servicios efectivamente prestados con su correspondiente cuota de
IVA" y añade al respecto que "difícilmente puede estimarse acreditada la participación de estos acusados --referidos a los responsables de Rexus-- en los hechos que se les imputan.

 

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