Consuelo Madrigal respira aliviada

La denuncia fue presentada por la letrada Elena Vázquez Núñez en representación del Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda en mayo del pasado año. Los letrados consideraban que el contenido del artículo debía ser merecedor de sanción disciplinaria, pues contenía una censura al Gobierno de España que prohíbe expresamente el artículo 59 del Estatuto Fiscal.
En sus alegaciones a raíz de la apertura de este expediente, Madrigal expuso que redactó este artículo, de opinión, en el ejercicio de su libertad de expresión protegida por la Constitución.
Añadía que el texto, referido a las medidas restrictivas del estado de alarma decretado a mitad de marzo, debía analizarse a la luz de los antecedentes jurisprudenciales que citaba, subrayando el interés del asunto para la opinión pública, y concluía que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) recomendaba una aplicación restrictiva del artículo del Estatuto referido a las censuras al Gobierno.
El decreto firmado por el jefe de la Inspección Fiscal, Fausto Cartagena, al que ha tenido acceso Europa Press, archiva la investigación "por carecer los hechos denunciados de entidad disciplinaria".