Hacienda regulará los donativos a los colegios concertados

Padre e hija.
Un padre lleva a su hija al colegio.

El Ministerio de Hacienda ha recordado que los donativos que algunos padres realizan a fundaciones de colegios concertados serán deducibles en el IRPF. La Agencia Tributaria ha exigido la regularización de las prácticas sobre los donativos en los centros tras una serie de controles puntuales desde hace tiempo a lo largo del territorio.

La deducción por donativos en el IRPF está regulada en el artículo 68.3 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. La Agencia Tributaria exigirá la regularización cuando se detecte que un contribuyente se ha deducido como donación lo que en realidad es el pago por un servicio y financia una actividad ordinaria del colegio que repercute en el alumno.

 

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