Toque del Constitucional al Gobierno por el “uso abusivo” del decreto-ley

Vista de la fachada del Tribunal Constitucional el día en el que se celebra el acto solemne de toma de posesión de los cuatro nuevos magistrados en el Tribunal Constitucional (TC), a 9 de enero de 2023, en Madrid (España).
Vista de la fachada del Tribunal Constitucional el día en el que se celebra el acto solemne de toma de posesión de los cuatro nuevos magistrados en el Tribunal Constitucional (TC), a 9 de enero de 2023, en Madrid (España).

Los cuatro magistrados que integran el llamado bloque conservador del Tribunal Constitucional han advertido de que se está haciendo un "uso abusivo" del decreto-ley, precisando que desde 2018 ha escalado hasta el 50%, al tiempo que han apuntado a la denominada 'ley rider' como un "claro ejemplo" del empleo "desviado" de dicha técnica legislativa.

Así se expresan los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa en su voto particular a la sentencia aprobada la semana pasada por la mayoría progresista del TC que avaló el decreto-ley 9/2021, por el que se modifica el Estatuto de los Trabajadores para "garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales", más conocido como 'ley rider’.

El voto particular, defiende que el TC debió estimar el recurso del PP apreciando que "se produjo una infracción constitucional" por no cumplirse el requisito de "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la Carta Magna para legislar por esta vía eludiendo el trámite parlamentario habitual.

Los magistrados explican que el decreto-ley "nunca puede convertirse en un modo ordinario de legislar" porque "la potestad legislativa del Estado se atribuye a las Cortes Generales", de modo que su utilización por parte del Ejecutivo debe quedar sujeta a "estrictos límites, que son manifestación del principio democrático y del principio de separación de poderes”.

Precisamente, señalan, "la anomalía" para el principio de separación de poderes que supone el uso del decreto-ley "explica que en su configuración el constituyente lo haya diseñado como una facultad normativa excepcional, no como una suerte de cheque en blanco al Gobierno que le permita a éste compartir la potestad legislativa con las Cortes Generales”.

Por ello, afirman que "la potestad excepcional del Gobierno de dictar decretos-leyes, que se contrapone al modo normal de producción de normas con rango de ley mediante el procedimiento parlamentario, solo se justifica por la necesidad de dar respuesta pronta, inmediata, en situaciones de normalidad constitucional, a problemas cuya resolución no admite la inevitable demora que supondría la tramitación del procedimiento legislativo”.

Insuficientes

A su juicio, "las razones ofrecidas por el Gobierno en este caso como presentación 'explícita y razonada' de la situación de 'extraordinaria y urgente necesidad' que le llevó a dictar el Real Decreto-ley 9/2021" son "claramente insuficientes”.

Al hilo, reprochan a la mayoría progresista que "lo que verdaderamente hace" es "alterar y reconstruir la justificación ofrecida por el Ejecutivo al aprobar el decreto-ley", que estos cuatro magistrados califican de "picoteo selectivo de argumentos”.

En este sentido, exponen que la existencia de falsos autónomos 'riders' está constatada al menos desde 2015 y que "las alusiones a la pandemia" respecto al aumento de la carga de trabajo para estos repartidores "son incidentales, escuetas y apodícticas en la justificación del Gobierno”.

 

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