Absuelto un hombre que mató a su hermana por eximente de miedo insuperable

Un jurado popular le declaró no culpable y los forenses dictaminaron que el acusado no percibió “otra salida”

Ciudad de la Justicia de Valencia.
Ciudad de la Justicia de Valencia

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto de un delito de homicidio a un hombre que mató a su hermana tras asestarle numerosas cuchilladas en una pelea, al apreciar en su actuación la circunstancia eximente de responsabilidad penal de miedo insuperable, pues atacó a la víctima al “temer, racionalmente, por su propia vida”.

La sentencia ha sido dictada de conformidad con el veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado mes de marzo. El jurado, por seis votos a favor y tres en contra, declaró probado que el acusado no percibió “otra salida” que esa reacción violenta para garantizar su supervivencia, tal y como dictaminaron los médicos forenses.

Discusión sobre quién hacía la comida

Los hechos ocurrieron en el domicilio familiar, en la ciudad de Valencia, el 19 de octubre de 2019, cuando el acusado y su hermana comenzaron a discutir por motivo de quién hacía la comida.

Según recoge la resolución judicial, la víctima, que se encontraba bajo los efectos de la ingesta de alcohol y medicamentos, rompió varios objetos, agarró del cuello a su hermano y le intentó agredir con un cuchillo.

El acusado logró arrebatar el arma a su familiar y le asestó con ella decenas de cuchilladas que le causaron la muerte. A continuación llamó a su madre y al teléfono de Emergencias, 112, para contar lo sucedido.

Médicos forenses: “respuesta del instinto de conservación”

Los dos médicos forenses que examinaron su estado psíquico expusieron durante el juicio que en el momento de los hechos al reo no se le representó “otra salida” que agredir a su hermana.

De acuerdo con el dictamen de los especialistas, la pelea pudo provocarle “una respuesta del instinto de conservación”, al asumir que su vida corría peligro, y hacerle experimentar una “emoción violenta”, por la que “se actúa de manera impulsiva y se pierde la capacidad reflexiva”.

De este modo, siempre según la opinión de los forenses, que fue tomada por el jurado como base del veredicto exculpatorio, el acusado habría actuado “como si estuviera poseído por el instinto de supervivencia”, frente a un “peligro inminente, cierto y real de perder la vida”.

El fallo puede ser recurrido en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

 

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