La Audiencia de Navarra absuelve a un antidisturbios acusado de disparar una pelota de goma a un manifestante

El impacto provocó en el denunciante “la pérdida total de la visión del ojo derecho”

2019100611541840340
Agente de Policía Nacional, en la manifestación del 26-9-2012 en Pamplona

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha absuelto a un agente de la Policía Nacional acusado de haber lanzado una pelota de goma durante una manifestación que impactó en el ojo de un manifestante.

La acusación particular reclamó una pena de cinco años de prisión por un delito de lesiones, así como una indemnización de 16.114,60 euros por los días de curación, 92.779,73 € por las secuelas padecidas y 347 € por gastos.

Consideraba, además, que el Estado debía ser considerado responsable civil subsidiario. La defensa, ejercida por la Abogacía del Estado, solicitó la absolución del agente procesado.

Sin relación con enfrentamientos anteriores

Los hechos juzgados tuvieron lugar el 26 de septiembre de 2012 en la Plaza del Castillo, donde comenzó una manifestación con motivo de una jornada de huelga general convocada por los sindicatos ELA, LAB, ESK, CGT, CNE, SEn-EILAS, EHNE e Hiru.

Cuando la manifestación llegaba a la altura del Parlamento de Navarra, se produjeron enfrentamientos entre manifestantes y agentes de la Policía Foral y del Cuerpo Nacional de Policía, que realizaron labores de dispersión contra el grupo de manifestantes.

La víctima, que, según el juez, no portaba armas, ni otros objetos, ni instrumentos peligrosos que pudieran suponer un peligro contra la integridad física de los agentes de la autoridad, no participó en los enfrentamientos. 

Según consta en la sentencia, la víctima “recibió el impacto de una pelota de goma en su ojo derecho”. Como consecuencia de estos hechos el lesionado sufrió un “traumatismo ocular en el ojo derecho con fractura orbitaria, edema corneal, efusión uveal, iridodiálisis y desprendimiento de retina postraumático, por el que precisó tratamiento médico, con la consiguiente pérdida total de la visión del ojo derecho”.

En la sentencia, el tribunal resalta que el denunciante reconoció durante el juicio, a preguntas de su propia letrada, que no podía precisar qué disparo recibió ni de quién. La “falta de identificación” por parte de los demás testigos que declararon en el acto del juicio oral, permitió que los magistrados reiterasen que “la ausencia de prueba directa sobre la participación” del agente como autor del delito es “total”.

 

Video del día

Díaz Ayuso: “Yo no mentí, tenía razón y todo lo que está
pasando obedece a una cacería política, donde se están utilizando
todos los poderes del Estado contra un particular”
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato