Cancelada una deuda de más de 169.000 euros a un vecino de Barcelona

El juez ha aplicado la Ley de la Segunda Oportunidad perdonándole todas las deudas

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Dinero en efectivo.

Mediante la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, vigente en España desde 2015, el Juzgado de Primera Instancia nº50 de Barcelona, ha concedido la cancelación de todas sus deudas a José María Breglia, vecino de Barcelona. José María había contraído una deuda que ascendía a 169.085 €.

José María cuenta su caso: “tengo una nómina de entre 950 € a 1.118,78 € (en función de pluses absorbibles) por 12 pagas, más dos pagas extraordinarias de 749 € cada una. Además, en la actualidad me ejecutan un embargo de 302,69 €. No tengo bienes a mi nombre. Soy soltero y tengo un hijo al que mantener, a quien por equivocación incluyeron en el fichero de morosidad Asnef siendo aun menor de edad. Me he visto incapaz, en esta situación, de hacer frente a 18 acreedores y una deuda tan elevada”.

Sumido en la desesperación, José María llegó a las oficinas de Repara tu Deuda, primera despacho de abogados en España que aplica la Ley de la Segunda Oportunidad, en busca de ayuda. Allí le explicaron que existen alternativas y una ley, la de segunda oportunidad, que permite empezar de nuevo libre de deudas. “No me lo podía creer”, exclama José María, “y menos aún cuando he visto que es real, que el juzgado me ha otorgado el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y ya no debo nada a nadie”.

Aunque existe mucho desconocimiento sobre esta legislación, Repara tu Deuda ha ayudado desde que puso en marcha su actividad en 2015 a muchas personas en situaciones desesperadas que no saben dónde pedir ayuda. El despacho de abogados ostenta el 100% de éxito en todos sus casos y prevé llegar a los más de 100.000 casos anuales durante los próximos tres años, tal y como sucede en otros países como Francia donde la ley lleva vigente más tiempo y se acogen una media de 100.000 casos anuales.

Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar la cancelación de la deuda al juzgado y si cumplen con los requisitos se obtiene.

 

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