Condenado a 9 años de inhabilitación un exalcalde socialista por despedir a la cuñada del líder del PP

La Audiencia de Alicante considera que "fue ilegal, un acto de venganza"

El exalcalde Alicante, Gabriel Echávarri
El exalcalde Alicante, Gabriel Echávarri

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a nueve años de inhabilitación para empleo y cargo público al exalcalde de Alicante, el socialista Gabriel Echávarri Fernández, por un delito de prevaricación administrativa, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, cometido al ordenar el despido de una funcionaria interina del Ayuntamiento que era cuñada del entonces líder de la oposición, Luis Barcala Sierra.

Ayer se conoció la sentencia, que lleva fecha del 3 de febrero de 2020. Expone que los hechos que se entienden acreditados son “resultado de la prolija prueba documental y testifical practicadas”.

La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante considera probado que el acusado tomó esta decisión el 18 de abril de 2017 para vengarse de su oponente político, concretamente como “represalia por la denuncia que esa misma mañana se había interpuesto contra él en Fiscalía por el Partido Popular a través de sus representantes y, entre ellos, su portavoz”.

Gabriel Echávarri fue alcalde de Alicante entre 2015 y 2018, en que dejó el cargo tras ser investigado en sendos casos de prevaricación. Precisamente Luis Barcala fue elegido alcalde tras dimitir Echávarri.

Destitución de forma inmediata

Según la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el entonces alcalde se puso en contacto con el concejal de Recursos Humanos – que se encontraba en Santander – y le indicó que tenía que destituir de forma inmediata a la citada empleada, a la que identificó como “la cuñada de Barcala”.

Al día siguiente, el alcalde llamó a un técnico para que preparara un decreto con el cese de la interina, que estaba adscrita a la Concejalía del Cultura, aunque se negó a darle la orden por escrito.

Con posterioridad, el acusado denunció al concejal de Cultura que iba a despedir a la funcionaria. Ya el 20 de abril, el entonces alcalde ordenó al edil de Recursos Humanos que firmara el decreto con el cese, tras informarle de que había recibido un requerimiento para ello de la Sindicatura de Greuges (Sindicatura de Agravios, nombre del Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana) y un informe de la Concejalía de Cultura.

El despido fue “ilegal, un acto de venganza”

“Sin embargo, no existía expediente, ni el informe de la Concejalía de Cultura era favorable al cese, ni el requerimiento del Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana) de 11 de octubre de 2016 se refería a la funcionaria cesada en concreto, sino en general a la sustitución de todos los funcionarios interinos, en cuanto fuera posible, por funcionarios de carrera”, advierten los magistrados.

Para la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante, el despido de la cuñada de Luis Barcala respondió a una “orden emanada del acusado de forma unilateral e injustificada” y debe por tanto “ser considerada ilegal”.

 

El acusado había argumentado que no había “ninguna motivación espúrea” en el despido y el tribunal afirma que el acusado había realizado “afirmaciones absolutamente falaces (…) que resultan en frontal contradicción con lo declarado por algunos testigos, de cuya objetividad carece esta Sala de motivos para dudar”.

Entre otras cosas el acusado llegó a afirmar el exalcalde “el apoyo de los sindicatos para cesar” a esa funcionaria: la sentencia recoge expresamente que era “falso”.

La Sala concluye que esa actuación “abrupta, sorpresiva e injustificada” supuso una “verdadera desviación de poder (…) y constituía un acto de venganza contra el entonces portavoz del PP en el Ayuntamiento”.

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