La Justicia gallega concede la pensión a un emigrante porque Venezuela no la aprueba

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia estima el derecho a percibirla en la modalidad no contributiva ya que los ingresos no superan el límite de acumulación de recursos

Tribunal Superior de Justicia de Galicia
Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dado la razón a una emigrante, residente a día de hoy en Venezuela, sobre un litigio que mantenía a cuenta de su pensión.

El país hispanoamericano le denegó el pago de la jubilación y la afectada decidió acudir a Galicia, su lugar de nacimiento, para que se la concediera.

Tras un año de litigio, el Alto Tribunal estima que debe pagarle la pensión porque Venezuela se la ha negado y porque los ingresos de la demandante no superan el límite legal establecido, argumento alegado por la Fiscalía para negársela.

 

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