Veintidós años de prisión a un hombre por matar a su pareja de un disparo en la cabeza

Un jurado popular lo declaró culpable de asesinato y de tenencia ilícita de armas

Ciudad de la Justicia de Valencia
Ciudad de la Justicia de Valencia

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 22 años y cuatro meses a un hombre que mató de un tiro en la cabeza a su pareja sentimental en la casa en la que ambos residían, en la localidad valenciana de Castelló, con una pistola para la que no tenía licencia.  

Jurado popular lo declaró culpable

La sentencia, dictada a partir del veredicto emitido por un jurado popular el pasado 20 de junio, le considera autor de un delito de asesinato, para el que aprecia la circunstancia agravante de parentesco, y de tenencia ilícita de armas. 

Por el primero aplica la pena de 20 años y un día de prisión y por el segundo, dos años y cuatro meses de cárcel. 

303.500 euros de indemnizaciones

Además, el condenado deberá indemnizar con 58.300 euros a uno de los hijos de la víctima, que tenía 20 años cuando ocurrieron los hechos, y con 100.000 euros al segundo de ellos, menor de edad.  

También tendrá que abonar 46.200 a cada uno de los progenitores de la fallecida y con 17.600 euros a cada uno de sus tres hermanos, en concepto de responsabilidad civil para resarcir los daños morales. En total, las indemnizaciones ascienden a 303.500 euros. 

3 años de violenta  relación sentimental

El acusado y la víctima mantenía una relación sentimental de tres años de duración en la que se habían producido varias discusiones en las que él la había insultado.  

De hecho, en alguna ocasión llegó a decirle que tenía “una pistola con dos balas”, que una sería para ella y la otra para “el que estuviera con ella”, tal y como recoge probado la sentencia. Con ese comportamiento, pretendía “dominar y someter” a su compañera sentimental, “creando un entorno de violencia e intimidación permanente”, precisa el fallo judicial. 

Intención expresa de dejar la relación

A finales de febrero de 2020, la mujer le comunicó su intención de dejar la relación. El crimen se produjo días más tarde, concretamente el 6 de marzo del mismo año, en la vivienda donde residía la pareja, en Castelló. 

Tras la cena, ya de madrugada, ambos fueron a la habitación donde dormían. Ella se sentó en el colchón del matrimonio y él cogió una pistola semiautomática, se colocó en un plano superior al de ella, de modo que no pudiera defenderse, y apretó el gatillo “de forma sorpresiva e inesperada”.  

 

El hombre efectuó dicha acción “movido por el ánimo de acabar con su vida o asumiendo la posibilidad de hacerlo”, pues sabía que el arma estaba cargada, siempre según el apartado de hechos probados de la sentencia. 

Tras el disparo, el procesado y un amigo con el que la pareja compartía casa llamaron al teléfono de Emergencias 112 para pedir ayuda y sacaron a la víctima, que seguía con vida, hasta la carretera, donde esperaron a una ambulancia. La mujer ingresó en el Hospital La Fe y falleció al día siguiente por la destrucción de órganos vitales a consecuencia del tiro.  

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial no es firme y contra ella se puede presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. 

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