Absuelta la mujer que no repartió 1,17 millones de un premio especial de Lotería

El TS sostiene que solo había pacto de repartir la cantidad del premio al número

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer condenada a un año y medio de prisión por un delito de apropiación indebida al no repartir el premio extraordinario de un número de Lotería que compartía con otras cinco personas.

La mujer se encargaba desde hace quince años de comprar varios décimos de Lotería Nacional que compartía con los otros involucrados en sorteos de los jueves y los sábados. De acuerdo con lo que tenían por costumbre, adquirió en octubre de 2014 diez décimos de un número que resultó agraciado con 30.000 euros cada uno.

En uno de los diez décimos recayó el premio especial por valor de 1,17 millones de euros. La acusada entregó décimos del número premiado antes y después del sorteo. Ella se quedó con el premio especial. La Audiencia Provincial de Alicante condenó a la mujer por un delito de apropiación indebida.

Hasta ahora, la jurisprudencia de la Sala en relación con el delito de apropiación indebida en premios de lotería se refiere a la determinación de cuotas. Sin embargo, la sentencia refleja que no se había determinado la asignación de cuotas respecto del premio especial a la fracción.

Por tanto, el tribunal ha descartado el delito de apropiación indebida, y ha sostenido que “la recurrente cumplió con la obligación asumida, repartir los décimos de los números de la lotería adquiridos, trasmitiendo a cada uno de los jugadores la parte que había comprado (...)”, explica la sentencia. El tribunal no descarta, sin embargo, el delito de estafa, que podría reclamarse ante la jurisdicción civil.

Dos magistrados consideraron que debía mantenerse la condena, ya que “todos tenían una expectativa común sobre un eventual premio especial que correspondiera a los décimos comprados, en proporción a su parte en la serie adquirida, y no (…) en una fracción específica (...) que es repartida a su conveniencia por la acusada”.

 

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