El Constitucional rechaza un recurso de un abogado que pidió suspender las restricciones de Navidad

El letrado Curro Nicolau acudió al tribunal de garantías después de que el Supremo rechazara su recurso contra el estado de alarma

Tribunal Constitucional.
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El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso presentado por un abogado valenciano que solicitaba la suspensión del vigente estado de alarma y con ello la anulación de las normas restrictivas, en especial las que afectan a los desplazamientos, que han sido dictadas por las Comunidades Autónomas de cara a las fiestas navideñas.

La Sección Primera de la Sala Primera del tribunal de garantías ha dictado una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se acuerda, tras examinar el recurso, no admitir el recurso de amparo "dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".

Así, el presidente del TC, Juan José González Rivas, y los magistrados Alfredo Montoya Melgar y Cándido Conde-Pumpido comunican al letrado que si en el plazo de tres días el Ministerio Fiscal no recurre la decisión adoptada, "se archivarán estas actuaciones sin más trámite".

De este modo, el tribunal no comparte la postura manifestada por el abogado Curro Nicolau de que el Tribunal Supremo vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, en su manifestación del derecho de acceso a los recursos, al inadmitir el contencioso-administrativo que presentó contra el Real Decreto que instauró el actual marco restrictivo, que puede extenderse hasta el mes de mayo.

Desde el inicio de la pandemia, varios particulares han ido al Tribunal Supremo solicitando la desaparición del estado de alarma, tanto del instaurado el pasado mes de marzo, que nos llevó a un confinamiento casi total, como el actual, que deriva las medidas restrictivas al criterio de las comunidades autónomas.

El alto tribunal ha venido rechazando estos recursos en cumplimiento del la doctrina del propio TC, que considera que los reales decretos de estado de alarma tienen rango de ley y por lo tanto sólo pueden ser recurridos ante el tribunal de garantías y por las autoridades competentes para hacerlo.

La vía escogida por el letrado Curro Nicolau --que consiguió que el Supremo admitiera revisar algunas órdenes ministeriales del Ministerio de Sanidad, al no lograr que aceptara causas contra el estado de alarma--, pasaba ahora por reclamar la tutela judicial efectiva ante esta situación y, mientras se delibera sobre el fondo del asunto, reclamó que las medidas amparadas en el Real Decreto quedaran en suspenso.

Así, tras el rechazo del TC de su recurso, el abogado valenciano ha afirmado a Europa Press que se plantea acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para que se revise tal situación.

A juicio del letrado, la suspensión general de los derechos y libertades fundamentales de millones de personas "sería irreversible, el tiempo perdido en su vida no podría recuperarse jamás, porque la ausencia de libertad no es recuperable". En ello basó la reclamación de la medida cautelar.

 

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