Un decreto ley impide una ʻseparación digitalʼ de Cataluña en materia legislativa

Establece que la gestión de los datos personales no puede ser transferida a una organización internacional fuera de España y la UE

Protección de datos
Protección de datos

El pasado 6 de noviembre, entró en vigor el real decreto ley que ha impedido una ʻseparación digitalʼ de Cataluña. El proceso, según se explica en la ley, se ha concretado en la modificación de leyes preexistentes relacionadas con la gestión que realizan las Administraciones Públicas de los datos personales.

Así, se han modificado textos relacionados con la identificación electrónica, la contratación pública y al sector de las telecomunicaciones, con el objetivo de reforzar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales, así como la recopilación, tratamiento y almacenamiento de datos personales en ejercicio de una función pública.

Autorización previa de la Administración 

Entre las modificaciones de las leyes preexistentes a las que hace referencia la aprobación del Real Decreto, se somete a un régimen de autorización previa por parte de la Administración General del Estado, que controlará si los sistemas que sean distintos a aquellos del certificado y sello electrónico puede o no producir afecciones o riesgos a la seguridad pública.

Asimismo, el Real Decreto establece que la recogida, almacenamiento, tratamiento y gestión de los sistemas previstos se encuentren situados en territorio de la Unión Europea, y en territorio español en caso de que se trate de categorías especiales de datos. Así, estos no podrán ser objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional.

El Decreto recalca en la importancia de que las relaciones con las Administraciones Públicas no podrán autorizarse si no son objeto de regulación específica por el Estado en el marco del Derecho de la Unión Europea, llegando incluso a declararlos nulos si ésta condición no se cumple.

También, el texto señala que las cláusulas deben reflejar de manera expresa la obligación de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.

Por último, permitirá la regulación de las presuntas actuaciones infractoras como consecuencia del uso de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas cuando éstas puedan suponer una amenaza grave e inmediata para el orden público y la seguridad pública o nacional. El agente detrás de las sanciones será el Ministerio de Economía y Empresa.

 

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