Hiper Asia, obligado a readmitir a una trabajadora que denunció a la empresa por falsear el sistema de fichajes

La compañía falsificaba los cuadrantes y manipulaba la máquina de fichar. Ahora tendrá que pagar una indemnización a la demandante

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El juzgado número 7 de lo Social de Murcia ha obligado a un Hiper Asia a readmitir a una empleada que fue despedida por denunciar a la Inspección de Trabajo la situación laboral de los trabajadores.

La empresa, que presentó un recurso que ha desestimado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, se ha visto obligada a readmitirla, a subirle el sueldo y a pagarle una indemnización por "daños y perjuicios derivados de la vulneración de derechos fundamentales".

La situación laboral

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Confidencial Judicial, entre las denuncias de la trabajadora a la Inspección de Trabajo de la Región de Murcia se encontraban: que los empleados no descansaban el día entre semana que les correspondía por convenio, que además dichos días trabajados no eran retribuidos, que firmaban cuadrantes falsos, que la empresa manipulaba la máquina de fichar a la entrada y a la salida de la jornada, que eran obligados a trabajar todos los días de diciembre y que doblaban la jornada algunos días llegando incluso a hacer doce horas, que no son retribuidas posteriormente.

La Inspección de Trabajo tomó cartas en el asunto y visitó en dos ocasiones el centro de trabajo, tras lo cual la empresa despidió a la demandante.

La Inspección, por su parte, obligó al Hiper Asia en cuestión a transformar los contratos a tiempo parcial de dos trabajadoras en contratos a tiempo completo -una de ellas, la empleada despedida-, y requirió a la empresa a que abonara las diferencias de cotización derivadas del incremento.

La sentencia

La sentencia del juzgado número 7 de lo social de Murcia estimó en parte la demanda de la empleada despedida, ya que ha obligado a la empresa a readmitirla y a abonarle el salario que dejó de percibir desde el despido hasta la readmisión, pero no ha admitido la indemnización que solicitaba la demandante.

La empresa recurrió al Tribunal Superior de Justicia murciano, quien, a falta de darle la razón, reiteró la nulidad del despido y sentenció que el centro de trabajo debía subir el sueldo a la trabajadora y que debía pagarle 6.251 euros de indemnización por daños y perjuicios derivados de la vulneración de derechos fundamentales.

 

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