Los juicios por delitos de alcoholemia

Cuando un conductor sobrepasa los límites de alcohol establecidos en el Código Penal, es decir, más de 0,6 miligramos por litro en aire espirado o 1,2 gramos por litro en sangre, o bien cuando este se niega a someterse a dicha comprobación se inicia el proceso de actuaciones judiciales.

Sin embargo, en caso de arrojarse una tasa de entre 0,25 y 0.6 mg/l, y se haya causado un accidente de tráfico, también suelen incoarse actuaciones judiciales, aunque no suele ser por la vía de Juicio Rápido, pues hay que tasar el alcance de los daños, así como valorar las posibles lesiones si las hubiera.

Como consecuencia de estos resultados, los agentes entregan al conductor la cita para la celebración de un juicio rápido por alcoholemia, en el que se detalla la hora, fecha y lugar en la que tendrá lugar esta vista, normalmente al día siguiente o a los pocos días de ser descubierto conduciendo superando los límites de alcohol establecidos en el Código Penal.

El juicio rápido es la posibilidad que se ofrece de reconocer los hechos y beneficiarnos de la reducción de un tercio de la pena, si ciertamente se reconocen los hechos imputados. Si no se estuviera conforme y no se reconocieran los hechos, la causa se remite al juzgado de lo penal y el acusado no podrá beneficiarse de esa reducción de un tercio de la pena.

Como es obvio, contra la sentencia dictada con la conformidad del imputado ante el Juez de Instrucción en el juicio rápido por alcoholemia no cabe recurso, mientras que sí cabe recurrir en apelación por la dictada por el juez de lo Penal en un plazo de cinco días a partir de la última notificación en forma legal.

Pese a que una de las acciones más utilizadas para intentar evitar la pena solicitada por el Ministerio Fiscal es intentar demostrar un fallo en el etilómetro, lo cierto es que cada vez es más difícil que esto sirva como prueba. Actualmente la recomendación es aceptar la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y beneficiarse de la reducción de un tercio de la condena. 

Condenas penales por alcoholemia

La condena penal por alcoholemia será de prisión, o multa, o trabajos en beneficio de la comunidad y con la retirada del permiso de conducir.

El art. 379 del Código Penal establece la condena penal por alcoholemia en la conducción.

Dicho artículo dispone que aquella persona que diese una tasa de alcohol de en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro,  será condenado a una pena de:

 

Pena de prisión de 3 a 6 meses o la pena de multa de 6 a 12 meses o la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con la de retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 año y hasta 4 años.

Es decir, la pena a imponer será siempre de retirada del permiso de conducir y además cualquiera de las penas siguientes:

– prisión de 3 a 6 meses.

–  multa de 6 a 12 meses.

–  trabajos en beneficio de la Comunidad de 31 a 90 días.

Lo habitual si es la primera vez que ha sido detenida una persona por cometer este delito y siempre que no haya lesiones o víctimas (Por ejemplo: Un control rutinario de la Guardia civil)  es que por parte del Ministerio Fiscal se solicite la pena de retirada del permiso de conducir y el pago de una multa.

La entrada del Nuevo Código Penal (a partir del 1 de julio de 2015) no ha modificado la pena a imponer por este delito, por lo que permanece igual.

Resulta obligatorio someterse a las pruebas de alcoholemia, ya que la negativa podría suponer la condena por un delito de desobediencia.

Sobre la condena penal por alcoholemia queremos dejar claros algunos aspectos de este tipo delictivo contemplado en el artículo 379 del Código Penal:

1º.-   Este delito sólo puede cometerse por quien sea conductor. Quedan por tanto fuera del tipo delictivo quienes no estén realizando la acción de conducir, como por ejemplo, quienes aún no se han subido al vehículo, o no lo han puesto en marcha,  o lo han abandonado hace tiempo. Es decir, si no se conduce el vehículo no hay riesgo para la seguridad vial, que en definitiva es el bien que se pretende proteger.

2º.-   Para la condena penal por alcoholemia, deben superarse las tasas de alcohol señaladas en el Código Penal:

 – 0,60 miligramos por litro cuando soplamos en el aparato de la Guardia Civil o Policía.

 –  1,2 gramos por litro cuando nos sometemos a la pruebas sanguíneas.

Por encima de dichos índices siempre se enfrentará el conductor que hubiese alcanzado esas tasas de alcohol a un procedimiento penal.

En la última década, la cantidad de delitos contra la seguridad vial se ha incrementado en un 16%. Se calcula que más del 97% de los presos son hombres mayores de 40 años y con nacionalidad española. Y por lo menos, la tercera parte de estos han sido detenidos por el delito de conducción temeraria o bien bajo los efectos de las drogas y el alcohol. De manera que se requiere de ayuda legal para poder solventar estos asuntos legales, lo mejor posible.

¿Cuáles son los delitos contra la seguridad más frecuentes en España?

Conducción temeraria, exceso de velocidad, conducir sin carnet y negativa a someterse al control de alcoholemia son actitudes muy peligrosas por lo que se consideran un delito en España. Tan solo en 2016, más de 80 mil ciudadanos fueron condenados por alguno de estos tipos de delitos.

Ahora bien, ¿Por qué son tan frecuentes en España a pesar de tener fuertes condenas, incluso de cárcel? Probablemente por la falta de conocimiento que tienen los ciudadanos sobre estos delitos. De allí la importancia de contar con un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial. Veamos qué implica cada uno.

Exceso de velocidad

De acuerdo a la ley penal, se conduce en exceso de velocidad al superar el límite de 60km/h en zonas urbanas, o de 80km/h en vías interurbana. Cualquier persona que cometa este delito contra la seguridad vial puede recibir una condena desde 3 a 6 meses de cárcel.

También el juez impondrá una multa por el mismo periodo, trabajos a beneficio de la comunidad y que le sea retirado el permiso de conducir. Los tiempos para cada sanción serán determinados por el juez de acuerdo a las circunstancias que rodeen cada caso, además como prepare tu abogado la defensa. Por eso, debes elegir a profesionales con experiencia en delitos contra la seguridad vial.

Conducir bajo los efectos de las drogas o alcohol

El código penal pone un límite de influencia de alcohol. La persona que sea detenida y en la prueba de alcoholemia supere los 0,60mg/l de tasa en aire respirado recibirá una pena de cárcel entre 3 a 6 meses, una multa de 6 a 12 meses y trabajos para la comunidad de entre 30 a 90 días.

Por supuesto, el permiso de conducir será retirado. El juez determinará cuánto tiempo de acuerdo a los antecedentes del ciudadano. Pueden quitarte tu licencia de conducir entre 1 y 4 años. Así que presta mucha atención a lo que el abogado especialista te indique que debes decir ante el juzgado.

En el mismo sentido, negarse a someterse a la prueba de alcoholemia también supondrá un delito contra la seguridad vial. A este respecto, el ciudadano podría ser sancionado con cárcel en un periodo que puede ir de 1 a 6 años. Además, se le privará del derecho de conducir por un periodo de 1 a 4 años.

Conducción temeraria

Anteriormente se mencionó que este es uno de los delitos contra la seguridad vial más comunes en España. Para determinar si estamos ante una conducción temeraria hay que considerar la actitud del autor del delito. Ahora bien, las sanciones para este delito pueden variar de acuerdo a los siguientes supuestos:

  • Manifestación de desprecio por la vida de otras personas. La condena va desde los 2 hasta los 5 años de prisión, de 12 a 24 meses de multa, y el retiro del permiso de conducir de 6 a 10 años. Además, se hará una requisa del vehículo.
  • Si no se puso en riesgo la vida de terceros, la condena se reduciría a 1 o 2 años de prisión, multa entre 6 a 12 meses, retiro del permiso de conducir de 6 a 10 años, y la requisa del vehículo.

Conducir sin licencia

Además de no portar el permiso de conducir, este delito también supone que esté vencido. En este caso, pueden quitarle puntos, quitarle la licencia o bien privación del derecho de conducir. Aunado a eso, puede recibir pena de cárcel de entre 6 meses a 2 años, una multa que va de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de 30 a 90 días.  

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