La ley de Segunda Oportunidad, aplicada en un caso de estafa

La víctima acumulaba una deuda de 23.000 euros fruto del engaño de un proveedor

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Dinero en efectivo.

El juzgado de primera instancia número 50 de Barcelona ha otorgado a una particular el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), librándole de una deuda contraída por una estafa.

La afectada fue víctima de un engaño por parte de un productor de su empresa que le llevó a perder su empleo y a acumular una deuda de 23.000 euros.

El juez ha dictado sentencia a favor de la demandante y ha aplicado la ley de Segunda Oportunidad a su caso.

Esta ley entró en vigor en España en 2015 y permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes.

Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda.

 

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