El TSJ de Castilla y León califica la modificación a la Ley de la Caza de inconstitucional

El juez pide que se traslade a los tribunales ordinarios el control de la actividad cinegética en la provincial, con el objetivo de autorizar de nuevo la caza

Coto privado de caza.
Coto privado de caza.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad contra la modificación realizada hace unos meses a la Ley de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de 1996.

La modificación pretende sustraer a los tribunales ordinarios de la jurisdicción contencioso-administrativa el control de la regulación de la actividad cinegética en Castilla y León. Al mismo tiempo, el tribunal quiere autorizar la actividad de la caza, suspendida por la Sala al suspender el Decreto 10/2018 interesada por el Partidito Animalista contra el Maltrato Animal (PACMA).

La Sala ha razonado que la modificación de la ley puede ser contraria al derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales y, en consecuencia, que se impida que el auto produzca su efecto útil, ya que a través de la ley y de manera directa, sin necesidad de ninguna actuación por parte de la Administración, la caza puede ya practicarse.

Modificación paradójica

El tribunal ha concluido que la Ley puede ser contraria al principio constitucional por su carácter paradójico: a través de la misma, se determina qué especies se pueden cazar y qué días y periodos son hábiles para la caza.

Por otro lado, una norma, con rango inferior a la Ley, regula las especies que tienen mayor nivel de protección y que no pueden ser cazadas, como las especies silvestres en régimen de protección especial o especies amenazadas.

Como consecuencia, la Sala ha recordado que esté todo regido por un principio de proporcionalidad. Asimismo, el juez ha enfatizado que no consta que se haya producido ninguna situación excepcional que justifique el cambio efectuado en la regulación de la caza.

 

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