Ley de olvido por el procès: la jurisprudencia del Constitucional avala una amnistía si en la exposición de motivos de la ley se justifica como la solución a un problema político

Los juristas que defienden esta vía subrayan que debe razonarse expresamente que existe un beneficio para el bien común y que el uso de las leyes vigentes no logra poner fin al conflicto

El eurodiputado de Junts y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont.
El eurodiputado de Junts y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont.
  1. Principal escollo de la amnistía: contradice la igualdad entre ciudadanos
  2. La exposición de motivos, posible solución
  3. Dos casos: cambio de régimen o perpetuar un problema
  4. Demostrar el “bien común”
  5. Dilema político
La jurisprudencia del Constitucional avala una amnistía si en la exposición de motivos de la ley se justifica como la solución a un problema político.
La jurisprudencia del Constitucional avala una amnistía si en la exposición de motivos de la ley se justifica como la solución a un problema político.

La amnistía se ha situado en el del debate político. Junts per Catalunya y Esquerra Republicana reclaman que se apruebe una ley de olvido para todos los encausados por el procès en mitad de las negociaciones para formar el próximo Gobierno. Una petición que abre un dilema jurídico complejo: si la amnistía es constitucional o no. La mayoría de juristas consultados por Confidencial Digital ven “difícil” o “imposible” que una norma así sea compatible con la Carta Magna, pero hay quienes apuntan una vía que tendría encaje. Todo depende de cómo “justifique” y “razone” el Ejecutivo dicha ley.

Principal escollo de la amnistía: contradice la igualdad entre ciudadanos

El principal argumento en contra de la amnistía, en opinión de los expertos en Derecho Constitucional consultados por ECD, es su incompatibilidad con el principio de igualdad que establece la Constitución. Esto es, la igualdad de todos los ciudadanos, mujeres y hombres: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, reza el artículo 14 de la Carta Magna.

Una máxima que prevalece sobre todas las normas. “Es cierto que una ley de amnistía incumpliría el derecho a la igualdad. Es decir, por qué a unos se les permite incumplir la ley y a otros ciudadanos no”, señala el exletrado del Tribunal Constitucional, Joaquín Urías. Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional, señala que es un principio que “no se puede quebrar” e “invalida directamente cualquier amnistía”. En la misma línea se posiciona el también catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad Autónoma de Barcelona, Francesc de Carreras, que considera, además, que “son los jueces quienes, en un Estado de Derecho, deben dictar sentencia” y la amnistía “lo impide”.

La exposición de motivos, posible solución

Pero hay quien ve una posible salida constitucional a este dilema para que tanto el Partido Socialista como Sumar encuentren un encaje. Estas dos formaciones aspiran a formar un nuevo Ejecutivo de coalición después de que falle la investidura de Alberto Núñez Feijóo, líder del Partido Popular, que aún está lejos de conseguir los apoyos suficientes para ser elegido en la votación del próximo 27 y 28 de septiembre.

La formación presidida por la vicepresidenta segunda en funciones, Yolanda Díaz, ya se ha postulado a favor de conceder esta amnistía, utilizando el artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que comprende esta medida dentro de aquellas que pueden anular el delito. Urías señala que esta argumentación “no sirve” para legitimar la constitucionalidad del olvido. “El constituyente claramente dejó sin regular la amnistía, aposta. Explícitamente, no quiso meterse en si la permitía o la prohibía”, de modo que ningún reglamento podría ampararla como tal.

Sin embargo, sí habría una manera de ‘esquivar’ que la amnistía choque frontalmente con el principio de igualdad: la justificación de la ley. El legislativo debe justificar cada norma en la exposición de motivos. Aunque no hay jurisprudencia del Tribunal Constitucional que permita saber si ampara o no una hipotética ley de amnistía, sí “hay cientos de sentencias sobre que las desigualdades, en general, sólo son posibles cuando hay una motivación razonable”, señala el exletrado del TC.

Esto es, si los partidos que impulsan esta norma justifican correctamente la amnistía, podría sortear el principio de igualdad y prevalecer. “Y en ese caso, ya pasa a ser una cuestión política. No tanto jurídica”, señala también Del Moral.

Dos casos: cambio de régimen o perpetuar un problema

“Hay dos supuestos que han dado lugar a una ley de amnistía en España: cuando hemos tenido un régimen político injusto o cuando hemos tenido un problema en la sociedad y aplicar el Código Penal lo perpetúa”, afirma Urías.

Se trata de dos situaciones vividas en el siglo XX. La primera fue la Transición de la dictadura franquista a la democracia actual. El Congreso de los Diputados aprobó en octubre de 1977 una norma que amnistiaba a todos los considerados como “presos políticos” -delitos como actos políticos prohibidos durante el franquismo, la sedición o la rebelión-. Esta ley se promulgó dos años después de la muerte de Francisco Franco y un año antes de la aprobación de la Constitución vigente. Es decir, es previa a la Carta Magna que rige actualmente el país.

 

El segundo caso al que hace referencia el profesor de Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla es la conocida como revolución de los mineros. Una insurrección que proliferó principalmente en Asturias en el año 1934, con el objetivo de derrocar al Gobierno que entonces lideraba la república. Finalmente, el alzamiento fue aplacado y 17 personas fueron condenadas a muerte, pero el presidente de la república, Niceto Alcalá Zamora, conmutó todas las penas. “En ese caso se planteó que, si se seguía adelante, podría dar lugar a una guerra civil. Y se decidió ‘amnistiar’ a los condenados para evitarla”, señala Urías.

Esto resalta la importancia de la justificación de motivos y rechaza que la respuesta a si es constitucional una amnistía se quede en “sí o no”. “Dependerá de cómo la razonen. Si el próximo Gobierno quiere aprobarla, tendrá que justificar rigurosamente que aplicar el Código Penal en Cataluña no solucionará el problema, sino que lo agravará”, como sucedió con los hechos de 1934. “Se trata de explicar suficientemente que, si no se les aplica la ley, se podrá solucionar el problema que hay en Cataluña”, añade.

Esta decisión de evitar un problema social convierte la viabilidad de la ley en un “problema político”, señala el catedrático Del Moral. “Ahí ya entramos en cómo quiera vender el Gobierno esta norma, si es que la denomina bajo el nombre de ‘amnistía’, que lo dudo mucho”, asevera.

Demostrar el “bien común”

Sin embargo, la justificación de la norma -según explican- no puede basarse solo en señalar a la legislación actual como una herramienta que no facilita sino que empeora el problema. También debe justificar que la medida supondrá un “bien común”.

Este es uno de los puntos complejos para el Ejecutivo y también para los partidos independentistas que han solicitado esta amnistía. El legislativo debe evidenciar que una ley de amnistía va a solucionar el conflicto. “Un ejemplo inventado, pero práctico para que se entienda. Si Carles Puigdemont -líder de Junts per Catalunya huido y pendiente de juicio en España- se compromete a abandonar la vía unilateral o a no volver a repetir los hechos de 2017, el ‘bien común’ estaría más que justificado”, afirma el exletrado del TC.

Dilema político

Esto obligaría a los partidos catalanistas -ERC y Junts- a dar su brazo a torcer y renunciar a una vía que no sea de mutuo acuerdo con el Estado si pretender obtener una amnistía a cambio. Un compromiso que no han adquirido cinco años después de los hechos y pondría en una difícil tesitura a las fuerzas independentistas. Principalmente, a Junts, impulsor de la petición de amnistía y que representa el ala más dura del independentismo catalán, que incluso ha criticado duramente a ERC por llegar a acuerdos con el Gobierno progresista durante la última legislatura.

El Partido Popular, contra todo pronóstico, se ha abierto a negociar con el partido de Puigdemont pese a haber arremetido contra el expresident y expresado su intención de traerlo de vuelta a España para rendir cuentas ante la Justicia. Sin embargo, los populares se han negado en todo momento a hablar de una amnistía y han declarado que la diferencia entre el PSOE y ellos es, precisamente, que los socialistas sí pretenden estudiar esta vía.

Por su parte, fuentes de Ferraz señalan a ECD que se van a sentar a hablar con Junts, pero que todas las conversaciones deben enmarcarse dentro de la Constitución: nunca fuera. Por lo que cogen mayor relevancia aún, las posibles vías constitucionales para conceder el olvido que ahora exigen las formaciones independentistas.

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