Los fiscales protagonizan el primer revés jurídico a la ley de amnistía

Los cuatro representantes del Ministerio Público que intervinieron en causas relacionadas con el ‘procés’ se reunieron mientras se votaba la norma en el Congreso

Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz
Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont interviene durante el homenaje al músico Pau Casals a los 50 años de su muerte en el exilio, en la Abadía de Sant Miquel de Cuixà, a 21 de agosto de 2023, en Codalet (Francia).
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont interviene durante el homenaje al músico Pau Casals a los 50 años de su muerte en el exilio, en la Abadía de Sant Miquel de Cuixà, a 21 de agosto de 2023, en Codalet (Francia).

Los fiscales del 'procés' han trasladado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que no están a favor de aplicar la ley de amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont en el delito de malversación porque entienden que sí tuvo ánimo de lucro y que afectó a los intereses financieros de la UE, aunque consideran que sí se puede aplicar a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos.

"Estamos ante actos de malversación de fondos públicos a los que no es de aplicación la ley de amnistía", sostienen los fiscales en un documento al que ha tenido acceso Europa Press. Según explican, "conforme al derecho comunitario la malversación de fondos públicos afecta a los intereses financieros de la Unión Europea".

Los fiscales inciden, además, en que es "claro" que sí hubo un ánimo de lucro y un "beneficio patrimonial" en el caso del expresidente catalán Carles Puigdemont, del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, de los exconsejeros huidos Toni Comín y Lluís Puig, y de los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

"Con el dinero sustraído de las arcas públicas se pagaron servicios y contratos públicos que daban cobertura, respaldo y solvencia a un proyecto político exclusivo de los autores beneficiados", argumentan.

Así las cosas, los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno recuerdan que en la propia ley de amnistía "quedan excluidos" los actos constitutivos de delito de malversación "siempre que haya existido propósito de enriquecimiento".

Los cuatro fiscales han entregado a García Ortiz el documento con sus conclusiones en una reunión celebrada este mismo jueves. El fiscal general les había convocado al encuentro junto a los dos fiscales jefes de sección de lo Penal del Supremo y al fiscal del Tribunal Constitucional. Está previsto que este viernes se reúna con los fiscales superiores de Cataluña.

Según las fuentes consultadas, en la reunión se han abordado los caminos procesales para la aplicación de la ley en todas las causas a las que afecta.

Cabe recordar que la ley de amnistía fija que los tribunales tendrán que aplicar la norma en un plazo máximo de dos meses. El Tribunal Supremo y los juzgados y tribunales de Cataluña son los que acumulan la mayoría de las causas relativas al proceso independentista.

En el Constitucional, por su parte, se prevé que se presenten cuestiones de inconstitucionalidad -por parte de los jueces en casos de dudas sobre la legalidad de la ley- o recursos de inconstitucionalidad -al menos de la mano del PP, que ya ha anunciado su intención de acudir a la corte de garantías-.

 

Sobre este extremo, fuentes jurídicas recuerdan que los tribunales antes de adoptar cualquier decisión tienen que consultar a las partes del procedimiento, incluida la propia Fiscalía. De ahí la importancia de que en el Ministerio Público se fije un criterio sobre la aplicación del texto legal.

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