La Fiscalía pide el archivo del caso contra un subinspector por entrar a la fuerza en un piso de Madrid durante el estado de alarma

Concluye que al investigado no se le debe achacar responsabilidad penal por allanamiento de morada

Foto de recurso de una patrulla de la Policía Nacional.
Foto de recurso de una patrulla de la Policía Nacional.

La Fiscalía de Madrid ha solicitado el sobresemiento libre de la causa abierta contra el subinspector de la Policía Nacional encargado del operativo policial por el que el 22 de marzo de 2021 seis agentes accedieron a la fuerza en una vivienda de la calle Velázquez en plena pandemia para frenar una fiesta ilegal.

El pasado mes de abril, el juez que instruyó el procedimiento acordó llevar a juicio solo al subinspector y acordó archivar la imputación respecto al resto de los agentes investigados por un delito de allanamiento de morada a instancias del fiscal.

Ahora, la fiscal del caso ha presentado un escrito, al que tuvo acceso Europa Press, en el que solicita el archivo de las actuaciones al entender que el jefe del operativo, y sus subordinados, "actuaron con la creencia de que su modo de proceder era completamente legal y se encontraban amparados por el ordenamiento jurídico”.

Por ello, entiende que el investigado está exento de responsabilidad penal, por lo que interesa el sobresemiento libre de la causa seguida por un delito de allanamiento de morada.

Frente a esta postura, el instructor determinó en su resolución que existían indicios de delito en los hechos que tuvieron lugar el 22 de marzo de 2021 cuando M. Z. se encontraba en su domicilio, junto con algunos amigos, sobre las 1:30 horas, subieron hasta el piso seis agentes y comenzaron a llamar al timbre así como a dar golpes en la puerta de la vivienda al grito de "Policía abran la Puerta”.

Ante la ausencia de respuesta a las órdenes de los agentes, se procedió a "la apertura de la puerta de acceso al domicilio mediante el método del resbalón, entrando los agentes en la vivienda sin consentimiento" del morador.

El inquilino, fue representado por el abogado Juan Gonzalo Ospina, quien archivó el delito de desobediencia por el que venía siendo investigado su cliente, y ejerció la acusación inicial por el delito de allanamiento de morada al entender que existió un delito por la inviolabilidad del domicilio. La Audiencia Provincial de Madrid dio en un auto, de octubre de 2021, la razón al letrado en el sobreseimiento del delito de desobediencia.

Por causas ajenas al procedimiento, al haber decidido el inquilino, marcharse a vivir fuera de España, y tras la acusación ejercida ahora por la fiscalía ha decidido retirar la acusación que ejercía sobre los policías.

La causa arrancó tras archivarse el caso contra el inquilino del inmueble por supuesta desobediencia y se dedujo testimonio por allanamiento contra los agentes tras la querella interpuesta por el arrendatario.

 

Este caso se produjo un día después de los hechos que desembocaron en otro caso judicializado y que se juzgará contra seis agentes de la Policía Nacional por un delito de allanamiento de morada en la calle Lagasca de la capital.

La jueza acordó el pasado mes de octubre la transformación de las actuaciones en procedimiento ante el tribunal del jurado. Entiende que los hechos perseguidos pueden ser constitutivos de un delito de allanamiento de morada.

Los policías solicitaron en noviembre la nulidad del auto de trasformación de las diligencias y el auto por el que se admitió la querella al considerar que se han vulnerado sus derechos al no conocer la imputación que pesa sobre ellos.

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