Teletrabajo en la Justicia: funcionarios y letrados exigen una regulación “urgente”

Critican a Pilar Llop por no haber regulado aún esta modalidad

La ministra de Justicia en funciones, Pilar Llop, atiende a medios tras la inauguración del seminario 'Servicio Público de Justicia en tiempos de transformación'
La ministra de Justicia en funciones, Pilar Llop, atiende a medios tras la inauguración del seminario 'Servicio Público de Justicia en tiempos de transformación'

Funcionarios y Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) han exigido a la ministra Pilar Llop que regule de forma "urgente" el trabajo en los juzgados y tribunales después de que la semana pasada el Ministerio emitiera una circular en la que suspendía esta modalidad de trabajo a distancia por "la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19".

Comisiones Obreras (CCOO) califica de "irrisoria" la "justificación" del Ministerio para poner fin al teletrabajo "teniendo en cuenta que hace más de dos años que finalizó la aplicación, con carácter general, de las medidas COVID".

En su comunicado, el sindicato recuerda que "desde entonces" ha estado exigiendo a Justicia que aplique el acuerdo que alcanzó en marzo de 2021 con parte de los sindicatos representativos en la mesa sectorial, que "permitía que se incorporara legalmente el teletrabajo para todo el personal de Justicia".

Así las cosas, CCOO afea al Ministerio que dictara una "orden unilateral sin comunicarla previamente a su traslado los LAJ y secretarios de gobierno, y sin dar otras opciones menos drásticas para los intereses de la conciliación de la vida laboral y familiar de aquellos trabajadores que tienen esta opción de trabajo y que, en un momento crucial, fueron los primeros que dieron un paso al frente para seguir prestando el servicio público de la Justicia".

Desde el sindicato inciden en que la circular del Ministerio "demuestra la importancia de que todas las condiciones laborales de los trabajadores estén reguladas y de forma pactada". "Sin esa regulación, nuestros derechos son solo un espejismo, quedan al albur de la arbitrariedad de la Administración o de nuestros superiores que la utilizan, no en pocos casos, como herramienta de presión y chantaje", apuntan.

Suspensión de la circular hasta nuevo acuerdo

En este sentido, CCOO demanda al departamento dirigido por Llop "que actúe con urgencia" y que "hasta que esta nueva regulación no esté en vigor, dé marcha atrás en esa circular y no elimine el teletrabajo en su ámbito territorial”.

La Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia (UPSJ), que también reclama una regulación urgente del teletrabajo, asegura en un comunicado que ha recibido la noticia con "sorpresa" y "tristeza" al considerar que se trata de "un grave paso atrás para la Administración Pública por parte de un Ministerio que ha alardeado durante toda la legislatura de ser un equipo vanguardista entorno a la modernización y digitalización”.

Para la asociación de LAJ, poner fin al teletrabajo sin una regulación alternativa que permita su consolidación es "regresar" a una Administración "medieval" y con una "gran falta de compromiso con la igualdad". Al hilo, recuerda que el propio Ministerio ha destinado "gran parte del presupuesto" al desarrollo de esta modalidad de trabajo y asegura que "desechar esta inversión es una falta de respeto”.

Además, la UPSJ critica que el equipo de Llop haya vetado el teletrabajo para los LAJ en todo el territorio nacional y para los funcionarios que son de su competencia, porque entonces esta modalidad "se mantendrá en muchas comunidades autónomas con competencias transferidas, siendo en muchos casos el LAJ el único que no podrá teletrabajar en el órgano judicial”.

 

La circular emitida por el secretario general para la innovación y calidad del servicio público, Manuel Olmedo, fija que "deberán acudir a cada centro de trabajo el 100%" de los efectivos del Cuerpo de LAJ y de los Cuerpos de Funcionarios "no siendo posible ejercer modalidades de trabajo en tanto no se apruebe su regulación específica en el ámbito de la Administración de Justicia”.

El documento apunta además que "la atención presencial debe quedar garantizada siempre y en todo caso durante el horario de audiencia pública, sin que pueda restringirse dicha atención presencial a los supuestos en que se haya obtenido cita previa", aunque podrá seguirse utilizando el sistema de cita previa de forma compatible con la atención presencial sin cita.

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