Desestimada la denuncia de Podemos por la circulación de un buque con combustible para Israel
Acusó a las autoridades españolas de un presunto delito de genocidio, pero la Audiencia Nacional lo ha rechazado
- No habría detenido los ataques sobre la población de Gaza
- Ninguna decisión contra el embargo de armas y suministros
Podemos denunció a las autoridades españolas ante la Audiencia Nacional por un presunto delito de genocidio por permitir que el buque Overseas Santorini, cargado con combustible para la aviación militar de Israel, circulase por aguas españolas.
No habría detenido los ataques sobre la población de Gaza
En un auto al que ha tenido acceso Confidencial Judicial, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Francisco De Jorge, considera que no puede afirmarse que España hubiera cooperado con un delito de genocidio porque el impedimento del buque no habría detenido los ataques a la población civil no combatiente en Gaza ni la obstaculización de la ayuda humanitaria.
“Incluso aunque las aguas españolas quedasen cerradas sistemáticamente al tránsito de buques con suministros militares, existirían rutas alternativas que se usarían sin gran dificultad, por lo que puede afirmarse que lo máximo que se conseguiría sería variar las rutas marítimas de los suministros, eventualmente incluso modificarlas ligeramente”, afirma el magistrado.
La resolución, que recoge también la posición de la Fiscalía a favor de inadmitir la denuncia, indica que tampoco existen motivos “para pensar que la no adopción de decisiones de prohibición de tránsito obedece a la voluntad de colaborar con la continuación del ataque a civiles no combatientes o con el desplazamiento forzoso de la población de Palestina”.
Ninguna decisión contra el embargo de armas y suministros
Asimismo, De Jorge recuerda que no existe ninguna decisión jurídicamente vinculante del Consejo General de Seguridad de la ONU, el Tribunal Internacional de Justicia o la Corte Penal Internacional de embargo general de armas o suministros militares para todos los Estados.
Por el contrario, asegura, “lo que existe son dos pronunciamientos de medidas cautelares del Tribunal Internacional de Justicia de las Naciones Unidas en la que se imponen determinadas medidas cautelares, únicamente al Estado de Israel”.