El Supremo desestima un recurso de profesores de música que reclamaban que les hicieran fijos

Docentes temporales de conservatorios recurrieron al Supremo para tratar de anular el decreto que regula sus condiciones laborales

Conservatorio Superior de Música de Canarias.
Conservatorio Superior de Música de Canarias.
  1. Nunca se han convocado oposiciones en los conservatorios de Canarias
  2. El Supremo dictamina que no hay discriminación
Fachada del Tribunal Supremo, a 7 de julio de 2023, en Madrid (España).
Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que casi setenta profesores de música de las Islas Canarias habían interpuesto contra el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, que regula la temporalidad en el empleo público de los docentes especializados y ha revalidado su funcionalidad.

Para el alto tribunal esta directiva tiene como objetivo, precisamente, “remediar el exceso de empleo temporal” en el sector docente, algo que los sesenta y ocho profesores de los dos conservatorios de Canarias consideran que no cumple. 

Conseguir la reducción, según la versión de los recurrentes, pasaría por una convocatoria que facilitara -si no asegurara- que los empleados temporales se convirtieran en fijos. “Un proceso selectivo destinado a lograr esta finalidad, como el contemplado en la disposición impugnada, no puede ser similar a un proceso selectivo ordinario para el acceso al empleo público”, argumentan en la sentencia consultada por El Confidencial Digital

Nunca se han convocado oposiciones en los conservatorios de Canarias

Uno de los “reproches” principales contra esta regularización es que “vulnera el principio de igualdad ante la ley”. Como quedó acreditado en la prueba documental, nunca se han convocado oposiciones para la cobertura de plazas docentes en los conservatorios de las Islas Canarias. 

Además, este hecho “discrimina a los docentes temporales” de esta comunidad en relación con los de otros territorios de España donde sí que se han convocado los concursos, ya que podrían invocar méritos que los canarios no disponen.

Por otro lado, critican que los preceptos del Real Decreto son extremadamente detallados y precisos, por lo que no dejan ningún margen de regulación a las Comunidades Autónomas para que puedan adaptarlo a las peculiaridades de cada localidad, tal como se hace en el sector sanitario.

El Supremo dictamina que no hay discriminación

La sentencia ha recogido todos los argumentos expuestos por los docentes y los motivos de la Sala por desestimar cada uno de ellos.

En primer lugar, el magistrado recuerda que es posible que la legislación sea “sumamente precisa y detallada si las características de la materia y el interés general así lo requieren”, ya que si no lo fuera, podría dar lugar a la “confusión” e incluso a la “arbitrariedad”. De manera que la Sala no ve vicio alguno en el detalle de los preceptos.

Asimismo, considera que la “diferencia injustificada de trato” con respecto al sector sanitario no ha sido debidamente acreditada porque los recurrentes no han indicado las diferencias para unos y otros. 

 

Si bien es cierto que nunca se ha convocado oposiciones en Canarias, el Supremo afirma que nada impide a los ciudadanos de esta comunidad a opositar en plazas de profesores de música de otros territorios y viceversa, por lo que no hay discriminación alguna.

Tampoco la hay en lo que se refiere a los méritos, como haber aprobado unas oposiciones, pues justamente el Real Decreto 270/2022 prima la experiencia por encima de la formación académica.

Por todo lo expuesto, el magistrado del Supremo ha desestimado este recurso contencioso-administrativo y ha procedido a imponer las costas de hasta 4.000 euros por todos los conceptos.

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