El Supremo desestima el recurso de un interno que se quejó de que todas las denuncias acabasen en el mismo juzgado

Su demanda fue rechazada por el Juzgado nº2 de Castellón. El interno protestó porque la mayor parte de reclamaciones que parten de su prisión acaban ante los mismos magistrados

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.

Un interno del Centro Penitenciario Castellón II denunció a los servicios médicos y personal de vigilancia del centro en 2018. 

El demandante tiene reconocida una incapacidad permanente para su profesión habitual debido a diversos padecimientos en su rodilla derecha, debiendo llevar una rodillera ortopédica, padeciendo también fuertes dolores en su rodilla izquierda, por lo que en diversas ocasiones acudió a los servicios médicos del centro en que se encuentra interno, para lo que debe solicitar la colaboración de los funcionarios. 

La denuncia la interpuso ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Castellón de la Plana, acordándose sobreseimiento provisional de las actuaciones.

El demandante formuló recurso de queja contra dicho auto por estimar que carecía de motivación suficiente y argumentaba que resultaba sospechoso que la mayoría de denuncias recayesen en el mismo juzgado. 

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del interno. 

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Confidencial Judicial, establece que del escrito de demanda se deduce una cierta confusión en la determinación del verdadero objeto de la queja. 

Se ha dicho en múltiples sentencias que en la actuación de Jueces y Magistrados son de diferenciar dos aspectos: el de empleados públicos sujetos a un estatuto profesional (que sí está comprendido en la actividad inspectora del CGPJ) y el de titulares de la potestad jurisdiccional (que es ajeno a esa actividad gubernativa y solo puede controlarse a través de los recursos establecidos en las leyes procesales y mediante el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional).

Quedan, por tanto fuera de las atribuciones del juez la adopción de decisiones que puedan resultar procedentes en el marco de una actuación procesal. 

Además, aclara que la resolución de archivo dictada por el Magistrado-Juez Decano de los Juzgados de Castellón señala que el reparto de los asunto que llegan al Servicio Común Procesal de Actos Generales se lleva a cabo mediante un sistema informático aleatorio, por lo que las denuncias pueden ser repartidas a cualquier juzgado de instrucción sin que existan un reparto especial a favor de Juzgado número 2, ni de ningún otro. 

 

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