El TS concluye la investigación por la desaparición de documentos sobre irregularidades económicas en la base aérea de Getafe

Confirma el archivo de la denuncia de un comandante de Intendencia contra dos suboficiales, a los que acusó de haber destruido papeles sobre gestión de la cafetería y los alojamientos

Un A400M de Airbus con 650.000 mascarillas aterriza en la base aérea de Getafe.
Un A400M de Airbus con 650.000 mascarillas aterriza en la base aérea de Getafe.
  1. Malversación y fraude fiscal
  2. “El mayor escándalo de corrupción en el Ejército del Aire”
  3. Se procesó a un brigada
  4. Sobreseimiento por prescripción
  5. El Supremo desestima el recurso
  6. “Desidia a la hora de instruir”
Entrada al Acuartelamiento Aéreo de Getafe.
Entrada al Acuartelamiento Aéreo de Getafe.

Los magistrados de la Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo han dado carpetazo a la investigación que abrió la justicia militar por la presunta desaparición de documentos relacionados con la gestión económica de la cafetería y de los alojamientos del personal militar en el Acuartelamiento Aéreo de Getafe (Madrid).

La desaparición la denunció hace años un comandante del Cuerpo de Intendencia. Este oficial estaba siendo investigado judicialmente por supuestas irregularidades en la gestión económica del acuartelamiento de Getafe. Para defenderse, solicitó que se accediera a papeles sobre dicha gestión, pero esos documentos no se encontraron.

Malversación y fraude fiscal

El diario El País contó en septiembre de 2014 los avances en la investigación que una juez militar estaba dirigiendo sobre un “fraude masivo” en la base del Ejército del Aire en Getafe.

En esta base, al sur de Madrid, se ubican el Ala 35(dedicada a operaciones aerotransportadas, reabastecimiento en vuelo, apoyo aéreo logístico, evacuaciones aeromédicas...), el 803 Escuadrón de Fuerzas Aéreas (vigilancia marítima, búsqueda y salvamento, recuperación de personal, operaciones aéreas especiales...), el Centro Logístico de Transmisiones y otras unidades del Ejército del Aire.

Según la noticia de El País, un informe pericial de tres interventores militares había desvelado indicios de malversación de caudales públicos, fraude fiscal y falsedad de documento en la gestión del dinero de la base.

“El mayor escándalo de corrupción en el Ejército del Aire”

Se estimaba que era “el mayor escándalo de corrupción en el Ejército del Aire”, por el que las arcas públicas habrían dejado de ingresar unos 600.000 euros anuales, varios años. Y se hablaba de irregularidades tales como “multitudinarias y opíparas celebraciones” y “cenas VIP”, con cargo al erario público, sobre las que habrían estado al corriente o participado coroneles, tenientes coroneles y otros oficiales.

Pero el único investigado era un capitán, que después ascendió a comandante. La instrucción judicial cambió de manos varias veces, y sólo fue procesado ese comandante, mientras se libraron del procesamiento al menos dos coroneles.

Ya en 2014, el abogado del oficial investigado denunció ante el juzgado militar que los peritos habían indicado que había desaparecido (o alguien había hecho desaparecer) la documentación contable con los justificantes de ingresos de cafeterías y alojamientosque se había ido guardando hasta el cese del entonces capitán al frente de la Sección de Intendencia, en junio de 2011.

La defensa del comandante pretendía utilizar esa documentación para defender la buena gestión del oficial frente a las acusaciones por un delito contra la Hacienda militar, que podría suponer una condena dehasta 10 años de cárcel.

 

Se procesó a un brigada

El Juzgado Togado Militar Territorial número 12, de Madrid, incoó en 2017 diligencias previas para investigar la presunta desaparición de documentación económica sobre alimentación y alojamientos en la Sección de Intendencia del Acuartelamiento de Getafe.

Estos hechos fueron conocidos, indica la sentencia del Supremo consultada por ECD, “mediante denuncia suscrita por el Comandante de Intendencia, Escala de Oficiales, del Ejército del Aire, que fue Jefe de la referida Sección de Intendencia y que se ha visto perjudicado en el procedimiento judicial que se le instruía en calidad de investigado al haber desaparecido o haberse destruido diversa documentación administrativa y contable de la Unidad, que estaba ubicada, depositada y custodiada en la misma”.

El juzgado dictó el 28 de septiembre de 2020 auto por el que acordó elevar las diligencias previas a sumario, y también acordó el procesamiento de un brigada del Ejército del Aire “por la presunta comisión de un delito contra la Administración de la Justicia Militar del párrafo segundo del artículo 182 del Código Penal Militar de 1985, en relación con el apartado 2º del artículo 465 del Código Penal”.

Ese artículo castigaba a quien cometiere algún delito “con el fin de obtener o impedir confesión, testimonio, informe o traducción”, con la pena de un año a seis años de prisión.

Al mismo tiempo, la juez instructora propuso al Tribunal Militar Territorial Primero el sobreseimiento definitivo y parcial de la causa en relación con otro investigado, un sargento 1º, por este mismo caso de la desaparición de documentos contables del acuartelamiento de Getafe.

Sobreseimiento por prescripción

El brigada procesado llegó a ser interrogado por la juez.

Pero el 28 de noviembre de 2021 el fiscal jurídico militar dirigió un escrito al Tribunal Militar Territorial Primero en el que planteó que el delito imputado al brigada ya había prescrito.

El Tribunal Militar Territorial Primero dio la razón al fiscal. Dictó un auto el 23 de marzo de 2022 que concluyó que el delito imputado había prescrito, y por ello acordó el sobreseimiento de la causa.

El comandante de Intendencia del Ejército del Aire que había denunciado la desaparición de los documentos sobre la gestión económica del acuartelamiento aéreo de Getafe no quedó conforme con el cierre de la investigación, y presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de casación penal contra el auto del Tribunal Militar Territorial Primero.

El Supremo desestima el recurso

La sentencia del Tribunal Supremo se extiende principalmente en estudiar si la prescripción del delito se interrumpió, cuándo y cuántas veces, y qué efectos tendría sobre el sobreseimiento dictado por el Tribunal Militar Territorial Primero.

Los magistrados del Supremo entendieron que “la investigación penal por hechos que presuntamente habrían ocurrido, como máximo, en marzo de 2012, fue abierta mediante auto de 11 de septiembre de 2014 frente a autores desconocidos, no siendo hasta el auto de 23 de enero de 2018 -notificado el 24 de enero siguiente- cuando se introdujo al suboficial ahora recurrido en el debate contradictorio, al ser citado en calidad de investigado, siendo esta la primera actuación judicial dirigida contra él, y siendo esta la que interrumpió la prescripción, pues como se desprende de las actuaciones anteriormente no se dirigieron diligencias penales contra el mismo”.

Antes, en 2014, se abrieron unas diligencias previaspor la denuncia del capitán (ahora comandante) por la desaparición de los documentos. Pero en esas diligencias no se citó al brigada.

Por ello, “la prescripción del eventual delito solo quedó interrumpida por la admisión judicial de la denuncia y la incoación de procedimiento penal contra el brigada del Ejército del Aire”, y según los cálculos del Tribunal Supremo, ya se cumplió el plazo de prescripción del delito por el que fue investigado.

De ahí que la Sala Quinta del Supremo desestime el recurso del comandante contra el auto que decretó el sobreseimiento de la causa.

“Desidia a la hora de instruir”

La sentencia del Tribunal Supremo incluye algunos párrafos muy llamativos, ya que constituyen críticas muy duras contra las actuaciones de la justicia militardurante la investigación de esta denuncia por la desaparición de justificantes y facturas de alimentación y alojamiento del acuartelamiento aéreo de Getafe.

Ya en ocasiones anteriores el Supremo ha dejado caer reproches expresos contra órganos de la jurisdicción militar, por decisiones tomadas en la instrucción o en las sentencias sobre casos que han terminado llegando al alto tribunal: por ejemplo, en el caso de las falsas mudanzas del Ejército del Aire, y en una sanción disciplinaria a un coronel que criticó al subsecretario de Defensa en una comida.

En el caso de la base de Getafe, el Supremo deja caer que las actuaciones relatadas en el auto del Tribunal Militar Territorial Primero “traslucen una inhabitual desidia o desatención a la hora de instruir las actuaciones derivadas de la denuncia formulada, tanto por los diversos órganos instructores como por las diversas Fiscalías”.

Llega a admitir el Tribunal Supremo que la representación procesal del comandante que recurrió “sin duda se ha visto perjudicado por aquella desidia o desatención en la tramitación de la denuncia que dicha representación procesal formuló”, aunque sin llegar a constituir una infracción constitucional.

Critica también “la incomprensiblemente premiosa serie de vicisitudes procesales” que vivió este caso, “esencialmente consistentes en la determinación y atribución, entre diversos órganos judiciales militares, de la competencia para instruir”: pasó varias veces de un juzgado a otro, entre el Juzgado Togado Militar Territorial número 12 y Juzgado Togado Militar Central número 1, entre otros motivos porque el capitán ascendió a comandante y por eso le podía corresponder ese segundo juzgado.

Aunque con esta “desidia” y “desatención”, el Tribunal Supremo consideró que no se habían vulnerado los derechos del comandante, y que la decisión de sobreseer la investigación por prescripción estuvo suficientemente motivada.

Base aérea de Getafe (Foto: Ejército del Aire).
Base aérea de Getafe (Foto: Ejército del Aire).

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