Ericsson, condenada a indemnizar a los trabajadores por negarles el derecho de huelga
Considera probado que los empleados que pararon en mayo fueron sustituidos esos días por subcontratas y por miembros de otros departamentos de la empresa

En mayo, el sindicato de telecomunicaciones convocó una huelga indefinida en Ericsson para protestar contra el traspaso de parte de los trabajadores a la filial EFF, adquirida por Ezentis, competidora de la compañía sueca.
Se trata de los empleados de FTTH o de fibra óptica y de los de FLM, encargados del mantenimiento de Orange y MásMóvil y cuyos contratos con las operadoras consideran en riesgo, ya que vencen este 2019.
Pues bien, el sindicato demandó a Ericsson ante la Audiencia Nacional por sustituir a los trabajadores huelguistas por empleados de subcontratas y de otros departamentos de la empresa.
Algo que la AN considera una vulneración del derecho de huelga, ya que las pruebas aportadas por el sindicato y las practicadas en sede judicial demuestran, según la Sala Cuarta de lo Social, que efectivamente Ericsson subcontrató a otras personas para hacer frente a las tareas asignadas a los huelguistas.
Por tanto, la AN estima la demanda del sindicato, afirma que la multinacional sueca vulneró el derecho de huelga y de libertad sindical y le condena al pago de una indemnización de 3.000 euros.