Denuncian ante el CGPJ la “impunidad” de un funcionario de Hacienda

Una pareja asegura que un administrador de la Agencia Tributaria les ofreció un trato de favor y sufrieron acoso al negarse. Ningún tribunal ha investigado los hechos

Agencia Tributaria.
Agencia Tributaria.
  1. "Trato de favor"
  2. Notificaciones nocturnas
  3. Perdieron los clientes y cerraron su estudio
  4. Continúan recibiendo notificaciones
  5. Denuncia al Servicio de Auditoría Interna
  6. Los tribunales no investigan
  7. “Limbo jurídico”
  8. Excepción al Estado de Derecho
  9. Queja al CGPJ
Agencia Tributaria

Todo empezó por iniciar un proceso de reclamación de IVA a la Agencia Tributaria. Lourdes y su marido no sabían que este trámite iba a terminar en amenazas, vejaciones y acoso por parte de un funcionario de la oficina de Torrejón de Ardoz (Madrid). Meses más tarde de presentar la reclamación, la pareja se vio obligada a mudarse y tuvieron que cerrar su negocio.

En una denuncia presentada ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Lourdes, que se representa a si misma en autodefensa además de a su marido, ilustra las actuaciones del trabajador de la Agencia Tributaria de la localidad madrileña y reivindica que “los tribunales de Justicia no han querido pronunciarse, generando una excepción al Estado de Derecho respecto a los funcionarios”.

"Trato de favor"

En 2018, el marido de Lourdes, que es arquitecto autónomo, solicitó a la Agencia Tributaria unos procedimientos de rectificación de IVA del Ejercicio Fiscal anterior. Unos asuntos que fueron denegados y luego archivados por silencio administrativo.

La abogada, en nombre de su marido, llamó a la oficina delegada en su localidad y se puso al teléfono el funcionario que les había cerrado sus expedientes. El trabajador, “en tono jocoso” y con un comportamiento “absolutamente impropio”, le dijo que la denegación había sido un "consejo” para a continuación proceder a ofrecerles “un trato de favor”. Lo hizo hasta en tres ocasiones, según consta en la denuncia presentada al órgano de Gobierno de los jueces.

Perpleja, Lourdes le reiteró su negativa y el funcionario empezó a vejar a su marido con comentarios como: “mucha obra pisará un arquitecto con lo señoritos que son”,”que se dedique a dibujar sus planos”, ”los profesionales de Torrejón son todos unos mediocres, los verdaderos potentados están en la zona norte de Madrid”.

El empleado llegó incluso a amenazarle con abrir varios procedimientos tributarios y sancionadores, lo que cumplió.

Notificaciones nocturnas

A partir de esa llamada, la pareja iba a sufrir un acoso por parte de ese funcionario que todavía dura.

El marido de Lourdes comenzó a recibir notificaciones de la Agencia Tributaria tanto vía electrónica, a través de la Web de la Agencia Tributaria, como por correo certificado. Las notificaciones eran constantes y podían llegar los siete días de la semana, “incluidos los fines de semana, tanto en horario de mañana, como de tarde, como de noche, especialmente en las madrugadas de los domingos”. Además, el funcionario duplicaba o triplicaba una misma notificación.

Aviso de notificación nocturna Agencia Tributaria 9 de septiembre de 2018. (Foto: Cedida)
Aviso de notificación nocturna Agencia Tributaria 9 de septiembre de 2018. (Foto: Cedida)

Lourdes detalla en la denuncia que este empleado de la Agencia Tributaria se conectaba desde fuera de la oficina para elaborar los escritos. Llegó incluso a manipular datos de los expedientes, borrarlos y sustituirlos por unos nuevos.

 

Perdieron los clientes y cerraron su estudio

Además del acoso, la abogada manifiesta que el funcionario había creado unos documentos de diligencias de embargo de crédito sin notificarles y cuando ya no debían ninguna deuda. Se los envió a los clientes de su marido, que había abierto un estudio de arquitectura el año anterior.

“Con esta actuación, y ante el miedo que tienen todos los profesionales y empresarios a ser objetivo de las agresivas inspecciones de Hacienda, los clientes que durante años habían contratado los servicios profesionales de mi marido, quienes daban de comer a esta familia, dejaron de contratar sus servicios”, asegura Lourdes.

Diligencia de embargo de crédito de la Agencia Tributaria. (Foto: Cedida)
Diligencia de embargo de crédito de la Agencia Tributaria. (Foto: Cedida)

Con la pérdida de clientes, el arquitecto no tuvo más remedio que cerrar el local y la pareja se mudó a un pueblo de Guadalajara. Para poder saldar el préstamo que había pedido al banco para unas obras de acondicionamiento del estudio, tuvieron que vender su piso en Torrejón de Ardoz.

Continúan recibiendo notificaciones

A pesar de haberse mudado de ciudad y de comunidad autónoma, las notificaciones no han parado. Así lo hace constar Lourdes en la denuncia. La última vez que recibieron una fue el diciembre pasado a las 0:40 horas de la madrugada.

Si bien es cierto que no pueden asegurar que esta notificación fue enviada por el funcionario de Torrejón de Ardoz, Lourdes argumenta que el modo de proceder es el mismo y el documento presenta el mismo código de órgano que todas las demás que han recibido.

Además, en la denuncia se documenta que en el verano de 2020 el administrador de la Agencia Tributaria había entrado en todos los expedientes de recaudación y “manipuló el dato del Órgano Gestor pasando de ser Guzmán el Bueno (el de Madrid) a ser la Dependencia Regional de Recaudación de Guadalajara”.

Denuncia al Servicio de Auditoría Interna

La pareja denunció al trabajador en verano de 2018 ante el Servicio de Auditoría Interna de la Agencia Tributaria y solicitó la apertura de un expediente disciplinario.

Al no recibir respuesta, Lourdes decidió presentar los hechos al Juzgado de Instrucción 3 de Torrejón de Ardoz. Fue entonces cuando la directora general de dicho servicio - que fue cesada años más tarde- contestó a la denuncia y la desestimó.

Resolvió que las actuaciones del administrador de Torrejón, que admitió que ejercía funciones de recaudación y de gestión, se habían realizado “con sujeción a las previsiones normativas” y que en caso de discrepancia, se presentara un recurso ante los tribunales.

Los tribunales no investigan

A raíz del informe desestimatorio de la AEAT, el juzgado de instrucción procedió a rechazar, a su vez, la denuncia. El magistrado consideró que los hechos “no constituyen delito alguno” y, sin practicar ninguna diligencia, declaró el sobreseimiento libre del caso.

De igual modo, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el auto y abrió la posibilidad de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para tratar el presunto delito de prevaricación administrativa que habían denunciado.

“Limbo jurídico”

De nuevo, Lourdes abrió el tercer proceso, pero volvió a chocarse con un muro y la dejó en “un limbo jurídico” en el que ningún órgano judicial asumía las competencias de investigar los hechos.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 33 de Madrid inadmitió la demanda y avaló el argumento de la Abogacía del Estado, personada en el caso. Sostuvo que en esta jurisdicción los recursos solo pueden dirigirse contra actos administrativos. “Escapa del ámbito de la jurisdicción contencioso administrativa definido en los artículos 1 a 3 de la LJCA la potestad de sancionar a los funcionarios públicos por infracciones que hayan podido cometer en el ejercicio de su cargo. El ejercicio de la potestad disciplinaria corresponde a las Administraciones Públicas”, concluyó.

Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid como el Tribunal Supremo inadmitieron los recursos, el alto tribunal también rechazó formar jurisprudencia al respecto porque no apreció una proyección significativa en otras causas presentes y futuras.

Excepción al Estado de Derecho

Lourdes denuncia que los tribunales le han cerrado la puerta sin llamar a declarar a nadie, sin abrir diligencias y dando por bueno el informe de la Auditoría Interna de la Agencia Tributaria. Reivindica que han quedado desamparados y se ha vulnerado su derecho a una tutela judicial efectiva.

Asegura que se está produciendo una excepción al Estado de Derecho con respecto a los funcionarios, ya que la jurisdicción contencioso-administrativa “no tiene competencia para enjuiciar las infracciones administrativas cometidas por los empleados públicos cuando previamente la Administración ya haya ejercido su potestad sancionador”

En su opinión, el Servicio de Auditoría Interna brinda a sus funcionarios una “apariencia de legalidad” a sus actuaciones.

Asimismo, ha apuntado a que el trabajador de la Agencia Tributaria que supuestamente les ha causado los perjuicios es de libre designación.

Queja al CGPJ

La abogada ha solicitado al CGPJ una revisión completa de todos los procedimientos judiciales por los que han pasado.

“Y con respecto a las actuaciones del funcionario denunciado, que entendemos que son constitutivas de presuntos ilícitos penales, valoren Uds. cómo actuar pues a nosotros, con sus resoluciones, nos han cerrado la vía judicial”, ha demandado Lourdes en su último acto de lucha por obtener justicia.

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