Primer varapalo del Constitucional a un condenado por los ERE de Andalucía

El tribunal rechaza el recurso de amparo del ex consejero socialista de la Junta José Antonio Viera, que fue condenado a siete años de prisión

El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera, tras acudir a la citación por la Sección Primera de la Audiencia para comunicar la decisión del tribunal sobre su ingreso en prisión provisional tras su condena en la pieza política del caso ERE. (Foto: María José López / Europa Press)
El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera, tras acudir a la citación por la Sección Primera de la Audiencia para comunicar la decisión del tribunal sobre su ingreso en prisión provisional tras su condena en la pieza política del caso ERE. (Foto: María José López / Europa Press)
El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera (c), acude a la citación por la Sección Primera de la Audiencia para comunicar la decisión del tribunal sobre su ingreso en prisión provisional tras su condena en la pieza política del caso ERE. (Foto: María José López / Europa Press)
El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera (c), acude a la citación por la Sección Primera de la Audiencia para comunicar la decisión del tribunal sobre su ingreso en prisión provisional tras su condena en la pieza política del caso ERE. (Foto: María José López / Europa Press)

El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha desestimado el recurso de amparo presentado por el exconsejero de Empleo de Andalucía José Antonio Viera, que fue condenado a siete años de prisión por un delito de prevaricación en el Caso de los ERE de Andalucía.

La sentencia, de la que ha sido ponente la Vicepresidenta Inmaculada Montalbán, considera que la demanda plantea una vulneración de derechos fundamentales pero “la queja se expresa en términos genéricos”, sin que vaya acompañada de explicación alguna o desarrollo argumental.

Los magistrados han considerado que se trata de un “defecto insubsanable” porque es deber del recurrente proporcionar al Tribunal la fundamentación jurídica y fáctica que soporte su pretensión. El Tribunal Constitucional no puede reconstruir de oficio las demandas, por lo que concluye en la imposibilidad de contestar quejas que carecen de justificación.

Este es el primero de los recursos presentados por los condenados de los ERE que aborda la corte de garantías. Se prevé que en el Pleno que continúa esta misma semana se aborde también el recurso de la exconsejera Magadalena Álvarez.

 

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