Denegado el asilo a un albanés que alegó amenazas de muerte por una costumbre antigua

El Código de Leké es una ley ancestral que avala la venganza por el asesinato de un familiar

Audiencia Nacional.
Audiencia Nacional.
  1. Llegaron desde Austria
  2. El hermano mató a una mujer en un accidente
  3. Ojo por ojo o Código de Leké
  4. Se escondieron en su casa
  5. Le dieron una paliza
  6. Estudio de Interior sobre el Código de Leké
  7. “Asesinatos de mafia”
  8. La venganza no es un problema desde 2013
  9. Podrían haberse desplazado dentro del país
  10. Rechazada la petición

La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de asilo y protección internacional de una pareja de albaneses que alegaron ser amenazados de muerte en su país a causa del Código de Leké, una ley tribal que establece la costumbre de vengar la muerte de un familiar con la muerte de otro de los parientes del que causó el fallecimiento.

La Sala de lo Contencioso del tribunal ha confirmado la resolución denegatoria del Ministerio del Interior por considerar que no existía temor de persecución y que “no se deduce” la posibilidad de que sufran la condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución si regresan a Albania, según se expone en la sentencia consultada por Confidencial Digital.

Llegaron desde Austria

Los dos albaneses llegaron a Barcelona en avión desde Austria en septiembre de 2020, tras el encierro por la pandemia del Covid-19, y no fue hasta siete meses más tarde que pidieron acogerse a la protección internacional.

Las solicitudes fueron notificadas al ACNUR, que no emitió informe, y posteriormente denegadas por la Comisión Interministerial del Asilo y Refugio (CIAR), compuesta por representantes de los Ministerios con competencia en asuntos exteriores, justicia, interior, inmigración y acogida e igualdad.

Aunque el marido no recurrió la solicitud, su mujer sí y es la que ha dado lugar a que el caso se haya revisado por la Sección 3 de la Audiencia Nacional. 

El hermano mató a una mujer en un accidente

La pareja explicó en sus solicitudes que partieron de Albania a Viena en autobús. Tras llegar a Barcelona, en un vuelo directo desde la capital austriaca, intentaron pedir protección en Portugal y Francia pero debido al covid-19 no lograron reservar una cita y decidieron regresar a España para pedirlo ahí. Ambos coincidieron en que volvieron “por la seguridad que ofrece”.

La principal razón por la que piden asilo es por las amenazas de muerte que han sufrido ambos por parte de una familia. El hermano del solicitante sufrió un accidente de tráfico en 2018 en el que murió una mujer y que lo dejó con dos piernas rotas y en silla de ruedas.

A pesar de que fue condenado a un año de arresto domiciliario y cuatro más de prisión, los familiares de la mujer fallecida tuvieron “palabras fuertes” con la pareja de albaneses. “Les decían que no iban a perdonarles, que Iban a vengarse por la muerte de su familiar, que iba a correr la sangre por todo lo que hizo”, consta en la sentencia.

Ojo por ojo o Código de Leké

Los solicitantes alegaron que existe una ley no escrita en Albania, muy arraigada en el norte del país que es donde vivían, conocida como Código de Leké que “ni la propia policía puede o quiere controlar”.

 

Se trata de costumbres ancestrales anteriores al Islam o el Cristianimo que permiten vengar la muerte de un familiar con otra muerte de la familia del supuesto asesino o homicida.

El ojo por ojo, diente por diente o Ley de Talión. Eso si, las mujeres no se pueden tocar, es solo entre varones”, detalló la pareja.

Se escondieron en su casa

Los familiares de la mujer fallecida en el accidente "sentenciaron" que el solicitante o algún miembro de su familia directa “debía morir”. Por "miedo", la pareja de albaneses se encerró en su casa, pues el Código de Leké no deja matar a los familiares dentro de la propia vivienda.

El marido perdió su trabajo y su esposa, que estaba embarazada en el momento, dejó el máster universitario en Criminalística que estaba cruzando. Narraron que amigos y primos suyos les hacían la compra.

Fueron a denunciar la situación a la Policía, pero han afirmado que nada cambió. “Desde la ventana de la casa veía que cada dos días pasaba esta gente por delante esperando que alguien saliera afuera”, explicaron.

Le dieron una paliza

Un día, el solicitante decidió ir al taller de coches donde trabajaba, pues ya no les quedaba dinero, y a 500 metros de su casa le atraparon y le dieron una paliza con la intención de matarle, según la versión del solicitante. Afortunadamente, una patrulla de la policía apareció y los agresores salieron corriendo.

Este fue el incidente que les hizo partir de Albania en busca de protección internacional.

Estudio de Interior sobre el Código de Leké

La resolución del Ministerio del Interior recogida en la sentencia hace un examen extenso acerca del Código de Leké y su uso en Albania. Concuerda en que son leyes que se han transmitido oralmente durante siglos en las montañas del norte de Albania y que sus doce libros regulaban todos los aspectos de la vida, desde la religión hasta la propiedad privada, pasando por el trabajo y la familia.

No obstante, “prácticamente” queda en vigor uno de esos principios, el relativo a la venganza. Respecto a este asunto, Interior destaca que “la situación ha cambiado mucho en los últimos años debido a la presión internacional, sobre todo europea” y que las autoridades albanesas “han modificado el código penal que ahora tipifica la venganza como delito”. Ello supuso que los 45 casos de venganza ocurridos en el año 1998 se redujeron a uno en el 2009.

Además se han propiciado y puesto en marcha sistemas previstos en las propias leyes tradicionales, como los Consejos de Mediación de Conflictos y los procesos de reconciliación.

“Asesinatos de mafia”

El Ministerio ha consultado un informe del Centro austríaco de investigación y documentación que suscribe que todavía se pueden producir disputas de sangre si un tercero inocente tuviera que pagar el precio por el daño causado por un miembro de la familia pero que los crímenes de honor han desaparecido prácticamente desde la década de 1990. Los que hay, apunta el defensor del Pueblo albanés, son “asesinatos de mafia” que no están vinculados con la venganza descrita en las leyes ancestrales.

Si bien se admite que todavía existen “disputas de sangre”, estás han disminuido gradualmente y solo afectan a unas 60 familias del norte de Albania.

La venganza no es un problema desde 2013

En la sentencia se expone que los sucesivos gobiernos albaneses han tomado medidas para eliminar los enfrentamientos sangrientos y los asesinatos por venganza, de ahí que se reformara el Código Penal albanés y que se creara un consejo de coordinación sobre los enfrentamientos sangrientos, además de implantar programas educativos y sociales en las zonas afectadas y un aumento de las investigaciones policiales, así como inversiones para prevenir conflictos.

Las autoridades albaneses afirman que están monitoreando de cerca los casos de enemistades con sangre conocidas por la policía y que “el fenómeno está bajo control”. “No lo consideran un problema desde 2013”, se describe en la resolución de Interior.

Podrían haberse desplazado dentro del país

Interior ha apuntado que, dado que estas leyes perviven en las regiones del norte, los expertos señalan que cuando la mediación parece no ser efectiva, la migración parece ser una herramienta recurrente por las familias afectadas.

Se menciona que incluso existe un programa oficial, la Operación Colombo, que vigila a las personas que pueden sufrir enfrentamientos sangrientos que se han trasladado a otras zonas.

Por este motivo, el Ministerio rechazó la solicitud al entender que podrían haberse desplazado hacia otra región de Albania y menciona explícitamente la capital Tirana.

Rechazada la petición

La magistrada ha penalizado que la pareja no solicitara ni la protección internacional ni el asilo de forma inmediata a su llegada a España, sino meses más tarde, lo que descarta “el temor de persecución”.

Narrados así los hechos, de base, no estamos ante hechos susceptibles de ser objeto de protección internacional conforme a lo establecido en la Convención de Ginebra o en la Ley de Asilo española”, ha concluido la Sala.

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