El Tribunal Europeo de Derechos Humanos archiva la demanda de Artur Mas contra la condena del 9N

Ha concluído que “no tiene intención de continuar” con ella al no haber enviado sus observaciones en el plazo acordado

El expresidente de la Generalitat Artur Mas a su salida del funeral del expresidente del Parlament Joan Rigol, en el Tanatori de Les Corts, a 9 de mayo de 2024, en Barcelona, (Foto: Kike Rincón / Europa Press)
El expresidente de la Generalitat Artur Mas a su salida del funeral del expresidente del Parlament Joan Rigol, en el Tanatori de Les Corts, a 9 de mayo de 2024, en Barcelona, (Foto: Kike Rincón / Europa Press)
  1. Expiró el plazo dos veces
  2. Cuestiona la condena
Artur Mas, J.Ortega e I.Rigau en la sala del juicio por la consulta del 9N. (Foto: Europa Press)
Artur Mas, J.Ortega e I.Rigau en la sala del juicio por la consulta del 9N. (Foto: Europa Press)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha archivado este jueves una demanda de Artur Mas contra la condena de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo, que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por organizar la consulta del 9-N en 2014 al no haber presentado las observaciones como le requirió el tribunal de Estrasburgo.

La corte ha concluido que el expresidente catalán "no tiene intención de continuar" con su denuncia contra España y ha acordado por unanimidad retirar su caso de la lista.

Expiró el plazo dos veces

El TEDH ha explicado que envió una carta a Mas en octubre de 2023 para que enviara sus observaciones. Pasado el plazo, le remitieron una notificación que le comunicaba que "el plazo previsto para la presentación de sus observaciones había expirado y que no se había solicitado ninguna prórroga".

Según ha precisado, en enero de este año, envió otro escrito al expresidente catalán por correo certificado, "invitándole a presentar observaciones a más tardar el 12 de febrero". De nuevo, "no hubo respuesta del solicitante ni de su representante".

De acuerdo con el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la corte ha procedido a eliminar la demanda porque "ya no se justifica que continúe la demanda bajo examen".

Cuestiona la condena

Mas acudió a Estrasburgo para que estudiase su condena al considerar que no cumplía con el requisito de claridad y previsibilidad del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que fija que nadie podrá ser condenado por una acción que en el momento que haya sido cometida no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional.

Sostenía en su demanda que la advertencia que el Tribunal Constitucional le hizo antes del 9 de noviembre de 2014 "no fue suficientemente precisa, concreta y categórica en cuanto a la prohibición de realizar la consulta" y cuestiona que tuviese carácter "penal".

Tres años después, en 2017, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó al expresidente a dos años de inhabilitación por haber desobedecido la advertencia del Tribunal Constitucional sobre la consulta del 9-N, organizada con fondos públicos, sobre una posible futura independencia de Cataluña.

En 2018, el Tribunal Supremo rebajó la pena impuesta a un año y un mes de inhabilitación. Mas, posteriormente, llevó su caso ante el Tribunal Constitucional, donde presentó un recurso de amparo que fue rechazado.

 

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